Actualmente, la política vigente permite que una organización clasificada como ISP cambie su primera distribución IPv6 por única vez, debido a ajustes en el plan de UTILIZACIÓN.
Esto fue muy importante porque permite a estas organizaciones ajustar un plan inicial – y quizás inmaduro – a uno más real y con más beneficios para sus servicios y clientes.
Sin embargo, dicha posibilidad no existe para las organizaciones clasificadas como Usuarios Finales.
Aunque para la mayor parte de esas organizaciones la distribución mínima (/48) puede ser suficiente, todavía hay casos en que el plan presentado para justificar la primera distribución no representa la realidad actual y, por lo tanto, se necesita una distribución mayor.
Justificación(Describa el problema que pretende solucionar)La propuesta pretende equiparar la posibilidad de cambiar la primera distribución IPv6 para organizaciones ISP y Usuarios Finales.
Ya hemos visto casos con necesidades concretas y reales de organizaciones que son Usuarios Finales y necesitan ajustar su plan de utilización del bloque IPv6 ya distribuido.
Dado que no existe tal posibilidad para este tipo de organizaciones, las mismas se ven limitadas o deben justificar una distribución adicional, lo que tampoco está previsto en la política vigente.
Creo que es justo que las organizaciones que son Usuarios Finales también tengan el derecho de cambiar la primera distribución frente a un plan mejor elaborado.
Texto actualINCLUIR el párrafo 4.5.4.3
4.5.4.3. Rectificación del tamaño de asignación inicial
Un Usuario Final podrá justificar un nuevo plan de direccionamiento ante LACNIC una única vez en caso de que el plan inicialmente presentado y que justificó la primera asignación no pueda atender sus necesidades actuales.
El nuevo prefijo se ajustará al nuevo plan y deberá cumplir con las secciones 4.5.4.1 o 4.5.4.2.
En caso de que no fuera posible entregar un prefijo complementario al ya asignado, ya sea porque el prefijo adyacente ya está asignado o porque no es suficiente para atender la nueva necesidad, la organización solicitante tendrá las siguientes opciones:
- recibir un nuevo bloque con el prefijo solicitado y justificado y que contemple la totalidad de la necesidad presentada, con el compromiso de renumerar su red y devolver a LACNIC el bloque original en un plazo de 6 meses;
- recibir un nuevo bloque que, sumado al bloque ya asignado, contemple la necesidad presentada y justificada en el nuevo plan y mantener los dos bloques.
Cada organización podrá usar este procedimiento una sola vez.
Texto nuevoINCLUIR el párrafo 4.5.4.3
4.5.4.3. Rectificación del tamaño de asignación inicial
Un Usuario Final podrá justificar un nuevo plan de direccionamiento ante LACNIC una única vez en caso de que el plan inicialmente presentado y que justificó la primera asignación no pueda atender sus necesidades actuales.
El nuevo prefijo se ajustará al nuevo plan y deberá cumplir con las secciones 4.5.4.1 o 4.5.4.2.
En caso de que no fuera posible entregar un prefijo complementario al ya asignado, ya sea porque el prefijo adyacente ya está asignado o porque no es suficiente para atender la nueva necesidad, la organización solicitante tendrá las siguientes opciones:
- recibir un nuevo bloque con el prefijo solicitado y justificado y que contemple la totalidad de la necesidad presentada, con el compromiso de renumerar su red y devolver a LACNIC el bloque original en un plazo de 6 meses;
- recibir un nuevo bloque que, sumado al bloque ya asignado, contemple la necesidad presentada y justificada en el nuevo plan y mantener los dos bloques.
Cada organización podrá usar este procedimiento una sola vez.
Información adicionalSin información adicional
Tiempo de implementaciónInmediato
ReferenciasSin referencias
Presentado en:-
Actualmente, la política vigente permite que una organización clasificada como ISP cambie su primera distribución IPv6 por única vez, debido a ajustes en el plan de utilización.
Esto fue muy importante porque permite a estas organizaciones ajustar un plan inicial, y quizás inmaduro, y cambiarlo por uno más real y con más beneficios para sus servicios y clientes.
Sin embargo, dicha posibilidad no existe para las organizaciones clasificadas como Usuarios Finales.
Aunque para la mayor parte de esas organizaciones la distribución mínima (/48) puede ser suficiente, todavía hay casos en que el plan presentado para justificar la primera distribución no representa la realidad actual y, por lo tanto, se necesita una distribución mayor.
Justificación(Describa el problema que pretende solucionar)La propuesta pretende equiparar la posibilidad de cambiar la primera distribución IPv6 para organizaciones ISP y Usuarios Finales.
Ya hemos visto casos con necesidades concretas y reales de organizaciones que son Usuarios Finales y necesitan ajustar su plan de utilización del bloque IPv6 ya distribuido.
Dado que no existe tal posibilidad para este tipo de organizaciones, las mismas se ven limitadas o deben justificar una distribución adicional, lo que tampoco está previsto en la política vigente.
Creo que es justo que las organizaciones que son Usuarios Finales también tengan el derecho de cambiar la primera distribución frente a un plan mejor elaborado.
Texto actualINCLUIR el párrafo 4.5.4.3
4.5.4.3 Rectificación del tamaño de la asignación inicial
Una organización que sea Usuario Final podrá justificar un nuevo plan de direccionamiento ante LACNIC una única vez en caso de que el plan presentado inicialmente y que justificó la primera asignación no pueda atender sus necesidades actuales.
El nuevo prefijo se ajustará al nuevo plan y deberá cumplir con las secciones 4.5.4.1 o 4.5.4.2.
En caso de que no fuera posible entregar ese tamaño de prefijo, ya sea porque los adyacentes ya están siendo utilizados por otras organizaciones o porque al hacer esa asignación no queda espacio suficiente para otras asignaciones sucesivas, LACNIC deberá informar al solicitante, quien deberá optar por:
- recibir un nuevo bloque con el prefijo solicitado y justificado y que contemple la totalidad de la necesidad presentada, con el compromiso de renumerar su red y devolver a LACNIC el bloque original en un plazo de 6 meses;
- recibir un nuevo bloque que, sumado al bloque ya asignado, contemple la necesidad presentada y justificada en el nuevo plan y mantener los dos bloques.
Cada organización podrá utilizar este procedimiento una única vez.
INCLUIR el párrafo 4.5.4.3
4.5.4.3 Rectificación del tamaño de la asignación inicial
Una organización que sea Usuario Final podrá justificar un nuevo plan de direccionamiento ante LACNIC una única vez en caso de que el plan presentado inicialmente y que justificó la primera asignación no pueda atender sus necesidades actuales.
El nuevo prefijo se ajustará al nuevo plan y deberá cumplir con las secciones 4.5.4.1 o 4.5.4.2.
En caso de que no fuera posible entregar ese tamaño de prefijo, ya sea porque los adyacentes ya están siendo utilizados por otras organizaciones o porque al hacer esa asignación no queda espacio suficiente para otras asignaciones sucesivas, LACNIC deberá informar al solicitante, quien deberá optar por:
- recibir un nuevo bloque con el prefijo solicitado y justificado y que contemple la totalidad de la necesidad presentada, con el compromiso de renumerar su red y devolver a LACNIC el bloque original en un plazo de 6 meses;
- recibir un nuevo bloque que, sumado al bloque ya asignado, contemple la necesidad presentada y justificada en el nuevo plan y mantener los dos bloques.
Cada organización podrá utilizar este procedimiento una única vez.
Ajuste del texto de acuerdo con la sugerencia recibida en la lista
Tiempo de implementaciónImplementación inmediata
ReferenciasSin referencias
Presentado en:LACNIC 28 (18/09/2017)