Nombre: Jordi Palet Martínez
Email: jordi.palet@theipv6company.com
Organización: The IPv6 Company
Nombre: Jordi Palet Martínez
Email: jordi.palet@theipv6company.com
Organización: The IPv6 Company
Se resuelven aspectos que figuran en la sección de IPv4 o IPv6, y sin embargo claramente aplican a todos los recursos.
Se resuelven aspectos que figuran en la sección de IPv4 o IPv6, y sin embargo claramente aplican a todos los recursos.
Se separan definiciones de normas generales que aplican a varios recursos o procedimientos.
En la sección de IPv4, tenemos varias secciones, que claramente aplican por igual a IPv4, IPv6 e incluso ASN, con lo cual lo razonable es mover esos textos al apartado 1, Definiciones. Igualmente ocurre con una de las secciones de IPv6. Son cambios editoriales menores y se corrigen erratas, y en ningún caso se pretende cambiar aspectos operacionales de las políticas.
En la sección de IPv4, tenemos varias secciones, que claramente aplican por igual a IPv4, IPv6 e incluso ASN,. Igualmente ocurre con una de las secciones de IPv6. Consecuentemente lo cual lo razonable es mover esos textos al un nuevo apartado 1, (Normas DGefinerales) que incioluya neormas. Igueneralmes que enstán en ola sección 1 acturral (De finiciones), renunmerando del laresto sde decfiniciones dcomo sección IPv60.
Son cambios editoriales menores y se corrigen erratas, y en ningún caso se pretende cambiar aspectos operacionales de las políticas.
Texto actual 2.3.2.5 Documentación Los Registros de Internet deberán utilizar de manera eficiente el conjunto de direcciones IPv4 que les haya sido distribuido. Para este fin, los IRs deben documentar la justificación de cada asignación de direcciones IPv4. Ante requerimiento de LACNIC, esta información deberá ser proporcionada por el IR correspondiente. LACNIC no hará distribuciones complementarias a los Registros de Internet que no tengan correctamente documentado el uso de los bloques que ya se le hayan sido distribuidos previamente. Las distribuciones actuales podrán también ser revisadas en estos casos. La documentación a solicitar puede incluir: 2.3.2.13.2 Geolocalización Además de la información disponible en WHOIS, se publicar en un archivo las asignaciones hechas por LACNIC y las sub asignaciones realizadas por sus miembros junto con la información del país en que se encuentra asignado el prefijo. El archivo podrá ser descargado por la comunidad de forma libre. Este archivo podrá ser empleado entre otras cosas para geolocalizar una IP. El formato y lugar de la publicación será definido por el staff de LACNIC. 2.3.2.14. - Seguridad y Confidencialidad LACNIC mantendrá sistemas y prácticas que cuiden y protejan la confidencialidad de toda información que a LACNIC le sea entregada en el envío de documentación para la justificación de la distribución o asignación de direcciones IPv4. 2.3.2.15. - Igualdad en el procesamiento de solicitudes LACNIC tomará todas las solicitudes en el orden estricto en el cual estas sean recibidas, sin importar factores geográficos, demográficos, idiomáticos, etc. LACNIC bajo ninguna circunstancia dará trato especial o hará excepciones al estándar establecido para el procesamiento de solicitudes. Para esto contará con un sistema de numeración de solicitudes que le permita una buena administración de las mismas. 1.11 Ruteabilidad no garantizada Ni LACNIC, ni los NIR garantizan la ruteabilidad de las direcciones distribuidas o asignadas. Los receptores de recursos son responsables de negociar dicha ruteabilidad con sus proveedores de conectividad. LACNIC proveerá en los casos en los que sea necesario, la orientación correspondiente. Los RIRs deben aplicar procedimientos operativos que reduzcan la posibilidad de fragmentación del espacio de direcciones, para minimizar riesgos de pérdida de ruteabilidad. 4.4.2 Ruteabilidad no garantizada No hay garantías de que la distribución o asignación de una dirección será ruteable globalmente. Sin embargo, los RIRs deben aplicar procedimientos que reduzcan la posibilidad de fragmentación del espacio de direcciones, lo que podría llevar a la pérdida de ruteabilidad.
1. Definiciones
• Planes de Ingeniería.
• Plan de subdivisión de redes (subnetting) y agregaciones.
• Descripción de la topología de la red.
• Descripción de planes de ruteo de la red.
• Comprobantes de inversiones (equipamientos).
• Otros documentos relevantes.
Sin embargo, los recursos distribuidos o asignados deben ser anunciados en un plazo máximo de 90 días, salvo en aquellos casos en que se justifique la necesidad de no hacerlo.
Texto actual
1. Definiciones
2.3.2.5 Documentación
Los Registros de Internet deberán utilizar de manera eficiente el conjunto de direcciones IPv4 que les haya sido distribuido. Para este fin, los IRs deben documentar la justificación de cada asignación de direcciones IPv4. Ante requerimiento de LACNIC, esta información deberá ser proporcionada por el IR correspondiente. LACNIC no hará distribuciones complementarias a los Registros de Internet que no tengan correctamente documentado el uso de los bloques que ya se le hayan sido distribuidos previamente. Las distribuciones actuales podrán también ser revisadas en estos casos.
La documentación a solicitar puede incluir:
• Planes de Ingeniería.
• Plan de subdivisión de redes (subnetting) y agregaciones.
• Descripción de la topología de la red.
• Descripción de planes de ruteo de la red.
• Comprobantes de inversiones (equipamientos).
• Otros documentos relevantes.2.3.21.134.2 GeolocalizaciónPr
Además de la infomación dcispionible en WHOIS, se publicar ena un archivo las asignaciones hechas por LACNIC y las sub asiguenaciones realizadas por sus miembronis junto con la información del país en q/cue se encuentra asignado el prefijo. El archivo podrá ser descargado por la comunidad de
1.15. fSorma libre. Este archivo potudrá ser empleado entre otras cosas para geolocalizar una IP.r
El fomato y lugar de la publicación será definido por el staff de LACNIC.
2.3.2.14. - Seguridad y Confidencialidad
LACNIC mantendrá sistemas y prácticas que cuiden y protejan la confidencialidad de toda información que a LACNIC le sea entregada en el envío de documentación para la justificación de la distribución o asignación de direcciones IPv4.
2.3.2.15. - Igualdad en el procesamiento de solicitudes
LACNIC tomará todas las solicitudes en el orden estricto en el cual estas sean recibidas, sin importar factores geográficos, demográficos, idiomáticos, etc. LACNIC bajo ninguna circunstancia dará trato especial o hará excepciones al estándar establecido para el procesamiento de solicitudes. Para esto contará con un sistema de numeración de solicitudes que le permita una buena administración de las mismas.
1.11 Ruteabilidad no garantizada
Ni LACNIC, ni los NIR garantizan la ruteabilidad de las direcciones distribuidas o asignadas.
Los receptores de recursos son responsables de negociar dicha ruteabilidad con sus proveedores de conectividad. LACNIC proveerá en los casos en los que sea necesario, la orientación correspondiente.
Sin embargo, los recursos distribuidos o asignados deben ser anunciados en un plazo máximo de 90 días, salvo en aquellos casos en que se justifique la necesidad de no hacerlo.
Los RIRs deben aplicar procedimientos operativos que reduzcan la posibilidad de fragmentación del espacio de direcciones, para minimizar riesgos de pérdida de ruteabilidad.41.13. ROAs RPKI con ASN 0
2.43.2.13.2 RutGeabiolidad no gcarantlizadaciónNoAdemás de hlay gainformacióntía disponible den WHOIS, se qpublicar en un archivo las diastribugnacióones hechas por LACNIC y las sub asignacióones realizadas por sus miembros junto con la dinforecmación del país erán rquteabl se globalmentcue.ntra
Siembarsignado, elos RIRs debprenfijo. apElic archivo procedimientosrá quse re duzescan lrgado posibir la comunidad de foragma libren. Este archiónvo podrá selr esmpleacido dentre diotreas ccionesas, para geolocalizar quena IP.
El pfodrímato ly levugar ade la pérdublidcación dse rutá deabfilnido por el staff de LACNIC.
Nuevo Texto Los Registros de Internet deberán utilizar de manera eficiente los recursos de Internet que les hayan sido distribuidos o asignados. Para este fin, los IRs deben documentar la justificación de cada distribución o asignación. Ante requerimiento de LACNIC, esta información deberá ser proporcionada por el IR correspondiente. LACNIC no hará distribuciones o asignaciones adicionales a los Registros de Internet que no tengan correctamente documentado el uso de los recursos que ya se le hayan sido distribuidos o asignados previamente. Las distribuciones o asignaciones existentes podrán también ser revisadas en estos casos. La documentación a solicitar puede incluir: Además de la información disponible en WHOIS, se publicará un archivo de las asignaciones hechas por LACNIC y las sub-asignaciones realizadas por sus miembros junto con la información del país en que se encuentra asignado el prefijo. El archivo podrá ser descargado por la comunidad de forma libre. Este archivo podrá ser empleado entre otras cosas para geolocalizar una IP. El formato y lugar de la publicación será definido por el staff de LACNIC. (mover a sección 1. Definiciones) LACNIC mantendrá sistemas y prácticas que cuiden y protejan la confidencialidad de toda información que le sea entregada, por ejemplo, documentación para la justificación de solicitudes de recursos. (mover a sección 1. Definiciones) LACNIC tomará todas las solicitudes en el orden estricto en el cual estas sean recibidas, sin importar factores geográficos, demográficos, idiomáticos, etc. Igualmente, bajo ninguna circunstancia dará trato especial ni hará excepciones al estándar establecido para el procesamiento de solicitudes. Para ello contará con un sistema de numeración de solicitudes que le permita una buena administración de las mismas. 1.11 Ruteabilidad no garantizada Ni LACNIC, ni los NIR garantizan la ruteabilidad de las direcciones distribuidas o asignadas. Los receptores de recursos son responsables de negociar dicha ruteabilidad con sus proveedores de conectividad. LACNIC proveerá en los casos en los que sea necesario, la orientación correspondiente. Sin embargo, los recursos distribuidos o asignados deben ser anunciados (plazo máximo de 3, 12 y 6 meses, para IPv4, IPv6 y ASN, respectivamente), salvo en aquellos casos en que se justifique la necesidad de no hacerlo. Los RIRs deben aplicar procedimientos operativos que reduzcan la posibilidad de fragmentación del espacio de direcciones, para minimizar riesgos de pérdida de ruteabilidad. (eliminar de IPv6 ya que se actualiza en sección 1. Definiciones)
1. Definiciones y Mandatos Generales
(mover a sección 1. Definiciones)
2.3.2.5 Documentación
• Planes de Ingeniería.
• Plan de subdivisión de redes (subnetting) y agregaciones.
• Descripción de la topología de la red.
• Descripción de planes de ruteo de la red.
• Comprobantes de inversiones (equipamientos).
• Otros documentos relevantes.
(mover a sección 1. Definiciones)
1.x. Geolocalización
1.x. Seguridad y Confidencialidad
1.x Igualdad en el procesamiento de solicitudes
Nuevo Texto1
0. Definiciones
(renumerar ysección M1 actual a 0 – se mantiene el texto desde el 1.1 actual al 1.10 y 1.12 como 0.1 a 0.11)
1. Normas Generales
(monuever a sección, 1.que permite separar Ddefiniciones de normas que sean comunes a diversos tipos de recursos o procedimientos)2.3.2
1.51 Documentación
Los Registros de Internet deberán utilizar de manera eficiente los recursos de Internet que les hayan sido distribuidos o asignados. Para este fin, los IRs deben documentar la justificación de cada distribución o asignación.
Ante requerimiento de LACNIC, esta información deberá ser proporcionada por el IR correspondiente. LACNIC no hará distribuciones o asignaciones adicionales a los Registros de Internet que no tengan correctamente documentado el uso de los recursos que ya se le hayan sido distribuidos o asignados previamente. Las distribuciones o asignaciones existentes podrán también ser revisadas en estos casos.
La documentación a solicitar puede incluir:
• Planes de Ingeniería.
• Plan de subdivisión de redes (subnetting) y agregaciones.
• Descripción de la topología de la red.
• Descripción de planes de ruteo de la red.
• Comprobantes de inversiones (equipamientos).
• Otros documentos relevantes.(mover a sección 1. Definiciones)
1.x2. GeolocalizaciónPrin
Además de la formación disponible en WHOIS, ose publicaráa un archivo dbue lnas asdmignaciones hechas potr LACNIC y las sub-ascigóna/cioneus realtodizada
(s por sus miembros junto con la informacbión del paíos en que se encuentra asignado el prtefijxto)
1. El archivo podrá ser3. descargado pSor la icomitunidad de forma libre. Este archivo podurá ser empleado entre otras cosa
(s para geolocalizar una IP.ca
El formato y lugar de la publicmbión oserá definido por el staff de LACNIC.xto)(mover a sección 1. Definiciones)
1.x4. Seguridad y Confidencialidad
LACNIC mantendrá sistemas y prácticas que cuiden y protejan la confidencialidad de toda infdorcumentación que le sea entregada, por ejemplo, documentación para la justificación de solicitudes de recursos.(mover a sección 1. Definiciones)
1.x5. Igualdad en el procesamiento de solicitudes
LACNIC tomará todas las solicitudes en el orden estricto en el cual estas sean recibidas, sin importar factores geográficos, demográficos, idiomáticos, etc.
Igualmente, bajo ninguna circunstancia dará trato especial ni hará excepciones al estándar establecido para el procesamiento de solicitudes. Para ello contará con un sistema de numeración de solicitudes que le permita una buena administración de las mismas.
1.116. Ruteabilidad no garantizada
Ni LACNIC, ni los NIR garantizan la ruteabilidad de las direcciones distribuidas o asignadas.
Los receptores de recursos son responsables de negociar dicha ruteabilidad con sus proveedores de conectividad. LACNIC proveerá en los casos en los que sea necesario, la orientación correspondiente.
Sin embargo, los recursos distribuidos o asignados deben ser anunciados (plazo máximo de 3, 12 y 6 meses, para IPv4, IPv6 y ASN, respectivamente), salvo en aquellos casos en que se justifique la necesidad de no hacerlo.
Los RIRs deben aplicar procedimientos operativos que reduzcan la posibilidad de fragmentación del espacio de direcciones, para minimizar riesgos de pérdida de ruteabilidad.
1.7. ROAs RPKI con ASN 0
(sin cambios en el texto)
1.8. Geolocalización
Además de la información disponible en WHOIS, se publicará un archivo de las asignaciones hechas por LACNIPv6C y las qsub-asignaciones realizadas por sus miembros junto con la información del país en que se encuentra asignado el prefijo. El archivo podrá ser descargado por la comunidad de forma lizbre. Este archivo podrá ser empleado entre otras cosas para geolocalizar una IP.
El formato y lugar de la publicación 1.será Ddefinicido ponr el s)taff de LACNIC.
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La numeración propuesta no es estricta y el staff puede renumerar o reorganizar algunas de las secciones si considera que editorialmente tienen más sentido.
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