No Competición de Propuestas

LAC-2021-2-v1 LAC-2021-2-v2 Vs
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Nombre: Jordi Palet Martinez
Email: jordi.palet@theipv6company.com
Organización: The IPv6 Company

Nombre: Jordi Palet Martinez
Email: jordi.palet@theipv6company.com
Organización: The IPv6 Company

Resumen

Esta propuesta evita competencia entre propuestas, lo cual es contraproducente para la comunidad y podrían constituir plagio. Se aprovecha para aclarar/ordenar el texto del mismo apartado donde se hace este cambio.

Esta propuesta eviajusta comaspectos denci la epublicacióntr de propuestas, para que se ajusten a la realidad del proceso actual. Ades, explicita que la prontpiedad de los derechos de las prodpucestas unta vez publicardas es de la comunidad, y si se poudierían, evita competencia entre propuestas. También se establece un plazo máximo de 6 meses para plenviagr nuevas versiones. SFinalmente, se aprovecha para aclarar/ordenar el texto del mismo apartado donde se hace este cambio.

Justificación(Describa el problema que pretende solucionar)

Se puede dar el caso en que uno o varios autores presentan una propuesta, y en cualquier momento durante su discusión, otro autor o autores, utilizan las mismas ideas, incluso textos, para elaborar una propuesta competitiva, por el simple hecho de considerar que es mas fácil en lugar de llegar a consenso, lo cual puede conllevar mas tiempo y mas versiones, competir con la otra propuesta con otra propuesta.

Sería impensable que cada vez que no llegamos a consenso en “n” versiones, otros se apropien de las ideas originales, aun cuando sean modificadas, y en lugar de una propuesta en discusión tengamos varias compitiendo por la atención de la comunidad y agregando confusión.

La apropiación de ideas, conceptos, textos, obras o similares, constituye plagio, un delito contra los derechos de autor, y no puede ser fomentado ni consentido por el PDP, no solo por las implicaciones legales que puede tener para los autores, e incluso LACNIC por auspiciarlo, sino por el hecho, más importante todavía en nuestro contexto, de ser contrario al concepto de consenso. Se trata de que todos puedan aportar a la idea original y mejorarla mediante el consenso, y aún así respetando los derechos del autor original.

No nos referimos a la situación en la que un mismo autor (o autores), presenta varias propuestas compitiendo “consigo mismos”, ya que es una alternativa que se ha demostrado válida y muy útil en diversos RIRs, para alcanzar consenso en una de ellas partiendo de diferentes opciones y ahorrando muchos ciclos del PDP, al poderse discutir en paralelo de forma sana, en lugar de en serie.

Tampoco nos referimos a la situación en la que se plantea un problema y hay diferentes alternativas o soluciones, por parte de diversos autores, sin apropiación de ideas, sino que son complementarias o radicalmente diferentes.

Por otro lado, al mismo tiempo el PDP debe proteger a la comunidad frente a situaciones en las que un autor o autores presentan una propuesta que es necesaria y que puedan abandonar, dejar de contestar y/o discontinuar su participación en el proceso de políticas, de tal forma que otros puedan, si es el caso, continuar con dicha labor, y aún respectando los derechos originales de dicho autor (o autores) para otros usos de dichas ideas fuera de LACNIC.

Adicionalmente, se corrige un error en el texto del PDP dado que está en la misma sección, respecto de la forma en la que se envían las propuestas ya que está invertido el orden respecto de la realidad, y se re-ordena el texto de todo ese punto.

Se puede dar el caso en que uno o varios autores presentan una propuesta, y en cualquier momento durante su discusión, otro autor o autores, utilizan las mismas ideas, incluso textos, para elaborar una propuesta competitiva, por el simple hecho de considerar que es mas fácil en lugar de llegar a consenso, lo cual puede conllevar mas tiempo y mas versiones, competir con la otra propuesta con otra propuesta.

Sería impensable que cada vez que no llegamos a consenso en “n” versiones, otros se apropien de las ideas originales, aun cuando sean modificadas, y en lugar de una propuesta en discusión tengamos varias compitiendo por la atención de la comunidad y agregando confusión.

La apropiación de ideas, conceptos, textos, obras o similares, constituye plagio, un delito contra los derechos de autor, y no puede ser fomentado ni consentido por el PDP, no solo por las implicaciones legales que puede tener para los autores, e incluso LACNIC por auspiciarlo, sino por el hecho, más importante todavía en nuestro contexto, de ser contrario al concepto de consenso. Se trata de que todos puedan aportar a la idea original y mejorarla mediante el consenso, y aún así respetando los derechos del autor original.

No nos referimos a la situación en la que un mismo autor (o autores), presenta varias propuestas compitiendo “consigo mismos”, ya que es una alternativa que se ha demostrado válida y muy útil en diversos RIRs, para alcanzar consenso en una de ellas partiendo de diferentes opciones y ahorrando muchos ciclos del PDP, al poderse discutir en paralelo de forma sana, en lugar de en serie.

Tampoco nos referimos a la situación en la que se plantea un problema y hay diferentes alternativas o soluciones, por parte de diversos autores, sin apropiación de ideas, sino que son complementarias o radicalmente diferentes.

Por otro lado, al mismo tiempo el PDP debe proteger a la comunidad frente a situaciones en las que un autor o autores presentan una propuesta que es necesaria y que puedan abandonar, dejar de contestar y/o discontinuar su participación en el proceso de políticas, de tal forma que otros puedan, si es el caso, continuar con dicha labor, y aún respectando los derechos originales de dicho autor (o autores) para otros usos de dichas
idpropuestas fuera de LACNIC.

Adicionalmente, se corrige un error en el texto del PDP dado que está en la misma sección, respecto de la forma en la que se envían las propuestas ya que está invertido el orden respecto de la realidad, y se re-ordena el texto de todo ese punto.

Texto actual

3.1. Lista Pública de Políticas
o Las propuestas deben ser enviadas a través del formulario web que se encuentra en: https://politicas.lacnic.net/politicas/. Luego de ser revisado, un código de identificación le será asignado y será enviado a la lista de discusión. El tiempo para revisión y publicación de la propuesta en la Lista Pública no debe ser superior a 2 semanas. Solo se revisará el texto de la política, no sus méritos.

3.2.4. Responsabilidades y obligaciones de los Moderadores
o ..

3.1. Lista Pública de Políticas
o Las propuestas deben ser enviadas a través del formulario web que se encuentra en: https://politicas.lacnic.net/politicas/. Luego de ser revisado, un código de identificación le será asignado y será enviado a la lista de discusión. El tiempo para revisión y publicación de la propuesta en la Lista Pública no debe ser superior a 2 semanas. Solo se revisará el texto de la política, no sus méritos.


3.2.4. Responsabilidades y obligaciones de los Moderadores
o ..

Texto nuevo

3.1. Lista Pública de Políticas
o Las propuestas deben ser enviadas a través del formulario web que se encuentra en: https://politicas.lacnic.net/politicas/, con lo cual se les asignará automáticamente un código de identificación.
o LACNIC solicitará a los autores la confirmación escrita, firmada con certificado digital o equivalente, de la cesión de los derechos de autor de la propuesta exclusivamente en el contexto de LACNIC, para proteger a la comunidad y permitir su continuidad en caso de abandono o falta de respuesta por parte de dichos autores.
o LACNIC revisará, el texto de la política, nos sus méritos, y podría sugerir a los autores cambios editoriales, así como alternativas al título si se pudiera acortar o ya se hubiera utilizando anteriormente.
o LACNIC confirmará con los moderadores que no haya una propuesta competitiva por parte de otros autores que pueda constituir plagio.
o Si dos propuestas competitivas fueran enviadas simultáneamente (antes de su publicación), se intentará coordinar con los autores, por parte de staff y moderadores, la fusión de ambas. Si ello no fuera posible, sólo podrá ser admitida la que haya llegado en primer lugar.
o Se intentará coordinar igualmente la fusión de propuestas complementarias.
o Para garantizar la transparencia, las propuestas no aceptadas indicarán en su estado “No Aceptada”, y se detallará los motivos.
o El tiempo para los pasos anteriores, la publicación en el sistema de políticas de LACNIC y su anuncio en la Lista Pública de Políticas, no debe ser superior a 2 semanas.
o Una propuesta que no alcance consenso, si no fuera actualizada por los autores en un plazo máximo de 6 meses, pasará al estado de “Abandonada”, pudiendo ser retomada por otros autores, si fuera necesario.

3.2.4. Responsabilidades y obligaciones de los Moderadores
o En aquellos casos de propuestas competitivas, pero diversas, si se estuvieran discutiendo de forma solapada (aún parcialmente), para garantizar la neutralidad de su tratamiento y que la comunidad pueda elegir la mejor opción, se utilizará para ambas los plazos de la última versión presentada, de tal forma que sean presentadas una a continuación de la otra y se dictamine el consenso de ambas en conjunto.

3.1. Lista Pública de Políticas
o Las propuestas deben ser enviadas a través del formulario web que se encuentra en: https://politicas.lacnic.net/politicas/, con lo cual se les asignará automáticamente un código de identificación.
o
LACNIC soElicitará a los autfores mulario confirmación escrita,á firmadla con acerptifiacado digital o equivaleónte, de la cesión de los derechos de autor de la propuesta (exclusivamente en el contexto de LACNIC), para protegierndo a la comunidad y permitir su continuidad en caso de abandono o falta de respuesta por parte de dichlos autores.
o LACNIC revisará, el texto de la política, nos sus méritos, y podría sugerir a los autores cambios editoriales, así como alternativas al título si se pudiera acortar o
ya se hubiera utilizando anteriormente.
o LACNIC confirmará con los moderadores que no haya una propuesta competitiva por parte de otros autores que pueda constituir plagio.
o Si dos propuestas competitivas fueran enviadas simultáneamente (antes de su publicación), se intentará coordinar con los autores, por parte de staff y moderadores, la fusión de ambas. Si ello no fuera posible, sólo podrá ser admitida la que haya llegado en primer lugar.
o Se intentará coordinar igualmente la fusión de propuestas complementarias.
o Para garantizar la transparencia, las propuestas no aceptadas indicarán en su estado “No Aceptada”, y se detallará los motivos.
o El tiempo para los pasos anteriores, la publicación en el sistema de políticas de LACNIC y su anuncio en la Lista Pública de Políticas, no debe ser superior a 2 semanas.
o Una propuesta que no alcance consenso, si no fuera actualizada por los autores en un plazo máximo de 6 meses, pasará al estado de “Abandonada”, pudiendo ser retomada por otros autores, si fuera necesario.


3.2.4. Responsabilidades y obligaciones de los Moderadores
o
En aqDuellos crasos dnte propuestasl competitivlas, perzo diversas, si2 se estuvierman diascutiendo de forma sopublapada (icaún parcialmeónte), para garantizar la neutralidad de su tratamiento y que lar comunidad pueda elegir la mejor opcdión, se utilizará para ambas lcosn plazutores de la última versión presentada, de tal forma qpue sean presentadas una a conmpetinuactión de lvas otra y se dictaominple mel consenso de tambrias ensu conjfusiónto.

Información adicional

El sistema de cesión de derechos es común en IETF, con texto explícito en cada documento. En el caso de RIPE NCC, aun no estando explicitado en el PDP, se solicita “ocasionalmente” a los autores. No se hace/no está explicitado en otros RIRs.

El sistema de cesión de derechos es común en IETF, con texto explícito en cada documento. En el caso de RIPE NCC, aun no estando explicitado en el PDP, se solicita “ocasionalmente” a los autores. No se hace/no está explicitado en otros RIRs.

Referencias

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