Autores | |
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Nombre: Jordi Palet Martinez Email: jordi.palet@theipv6company.com Organización: The IPv6 Company Nombre: Edwin Salazar Email: edwin.salazar@wifitelecom.ec Organización: Wifitelecom Nombre: Edmundo Cázarez Email: edmundo.cazarez@nic.mx Organización: NIC.MX |
Nombre: Jordi Palet Martinez Email: jordi.palet@theipv6company.com Organización: The IPv6 Company Nombre: Edwin Salazar Email: edwin.salazar@wifitelecom.ec Organización: Wifitelecom Nombre: Edmundo Cázarez Email: edmundo.cazarez@nic.mx Organización: NIC.MX |
Resumen | |
Esta propuesta establece el mecanismo que permite la adecuada actualización del registro de recursos IPv6 en los casos d e fusiones, adquisiciones, reorganizaciones y reubicaciones. |
Esta propuesta establece el mecanismo que permite proceder a la adecuada actualización del registro de recursos IPv6 en los casos de fusiones, adquisiciones, reorganizaciones y reubicaciones. |
Justificación(Describa el problema que pretende solucionar) | |
Es frecuente que en sectores como el tecnológico, operadores e Internet, se produzcan fusiones, adquisiciones, reorganiz aciones o reubicaciones de compañías o de partes de las mismas. Esto también aplica a otros tipos de organizaciones y sectores, que son usuarios finales de los RIRs. Estos casos no están contemplados en la política actual, y sin embargo si se contempla para IPv4. No tendría sentido que , en una operación empresarial de este tipo, se pudieran actualizar los registros para los recursos IPv4 y no para IPv6. La propuesta pretende simplificar el texto y aclarar que todos los casos son válidos y dejar a criterio del staff, la do cumentación justificativa legal, que no necesariamente es la misma en cada caso. Además, la propuesta aclara que las fusiones, adquisiciones, reorganizaciones y reubicaciones, puedan ser tanto dentro d e la región como entre regiones (intra e inter-RIR, respectivamente). |
Es frecuente que en sectores como el tecnológico, operadores e Internet, se produzcan fusiones, adquisiciones, reorganiz aciones o reubicaciones de compañías o de partes de las mismas. Esto también aplica a otros tipos de organizaciones y sectores, que son usuarios finales de los RIRs. Estos casos no están contemplados en la política actual, y sin embargo si se contempla para IPv4. No tendría sentido que , en una operación empresarial de este tipo, se pudieran actualizar los registros para los recursos IPv4 y no para IPv6. La propuesta pretende simplificar el texto, aclarar que todos los casos son válidos y dejar a criterio del staff, la doc umentación justificativa legal, que no necesariamente es la misma en cada caso. |
Texto actual | |
Texto actual (no existe) --- Nuevo Texto Fusiones, adquisiciones, reorganizaciones o reubicaciones LACNIC procesará y registrará la transferencia de recursos IPv6 como resultado de fusiones, adquisiciones, reorganizacio nes o reubicaciones, tanto parciales como completas, intra e inter-RIR, indistintamente de que se trate de recursos de I SPs o usuarios finales. Para tramitar dicho cambio y proceder al registro, se deberá proporcionar documentación legal que lo respalde a criterio de LACNIC y/o de otros RIRs, si fuera el caso. |
Texto actual (no existe) --- Nuevo Texto Fusiones, adquisiciones, reorganizaciones o reubicaciones Se recuerda que las políticas de LACNIC no reconocen la venta o transferencia no autorizada de los recursos asignados o distribuidos y considerará tales transferencias inválidas. Sin embargo, LACNIC procesará y registrará la transferencia de recursos IPv6 como resultado de fusiones, adquisiciones, reorganizaciones o reubicaciones, ya sean parciales o completas, tanto tanto si se trata de recursos de ISPs o usuarios finales. Para tramitar dicho cambio y proceder al registro, se deberá proporcionar documentación legal que lo respalde a criterio de LACNIC, por ejemplo: o Una copia del documento legal que respalda las transferencias de activos. o Un inventario detallado de todos los activos utilizados por el solicitante con el cual mantendrá en uso el espacio el recurso. o Una lista de los clientes de la parte solicitante que usa los recursos. Se deberá justificar también que sigue manteniéndose la necesidad del conjunto de los recursos, obligándose si fuera el caso, al retorno de los excedentes de los mismos o alternativamente a su transferencia a terceras partes, atendiendo a l o que corresponda según las políticas vigentes (4.5.1., 4.5.2., 4.5.3. y 4.5.4.). En el caso de un retorno, LACNIC deter minará las condiciones y plazo. |
Texto nuevo | |
Texto actual (no existe) --- Nuevo Texto Fusiones, adquisiciones, reorganizaciones o reubicaciones LACNIC procesará y registrará la transferencia de recursos IPv6 como resultado de fusiones, adquisiciones, reorganizacio nes o reubicaciones, tanto parciales como completas, intra e inter-RIR, indistintamente de que se trate de recursos de I SPs o usuarios finales. Para tramitar dicho cambio y proceder al registro, se deberá proporcionar documentación legal que lo respalde a criterio de LACNIC y/o de otros RIRs, si fuera el caso. |
Texto actual (no existe) --- Nuevo Texto Fusiones, adquisiciones, reorganizaciones o reubicaciones Se recuerda que las políticas de LACNIC no reconocen la venta o transferencia no autorizada de los recursos asignados o distribuidos y considerará tales transferencias inválidas. Sin embargo, LACNIC procesará y registrará la transferencia de recursos IPv6 como resultado de fusiones, adquisiciones, reorganizaciones o reubicaciones, ya sean parciales o completas, tanto tanto si se trata de recursos de ISPs o usuarios finales. Para tramitar dicho cambio y proceder al registro, se deberá proporcionar documentación legal que lo respalde a criterio de LACNIC, por ejemplo: o Una copia del documento legal que respalda las transferencias de activos. o Un inventario detallado de todos los activos utilizados por el solicitante con el cual mantendrá en uso el espacio el recurso. o Una lista de los clientes de la parte solicitante que usa los recursos. Se deberá justificar también que sigue manteniéndose la necesidad del conjunto de los recursos, obligándose si fuera el caso, al retorno de los excedentes de los mismos o alternativamente a su transferencia a terceras partes, atendiendo a l o que corresponda según las políticas vigentes (4.5.1., 4.5.2., 4.5.3. y 4.5.4.). En el caso de un retorno, LACNIC deter minará las condiciones y plazo. |
Información adicional | |
Se deja a criterio de LACNIC la numeración del texto propuesto dentro de la sección correspondiente del manual de políti cas. |
Se deja a criterio de LACNIC la numeración del texto propuesto dentro de la sección correspondiente del manual de políti cas. La inexistencia de esta política, podría implicar en un caso extremo, que llegara a los tribunales si LACNIC se negara a actualizar el registro para cualquier tipo de recursos, y en base la legislación actual de Uruguay, se podría obligar a LACNIC a modificar el registro por decisión judicial. Consideramos que tener una política evitaría esta situación y per mite mantener el control según los deseos de la comunidad, además de evitar costes judiciales a ambas partes. |
Referencias | |
Existen políticas similares en otras regiones como ARIN y RIPE, con diferentes niveles de “apertura”. Igualmente se ha presentado una propuesta equivalente en APNIC y se esta preparando otra para AfriNIC. • https://www.ripe.net/publications/docs/ripe-682 • https://www.arin.net/policy/nrpm.html#eight2 |
Existen políticas similares en otras regiones como ARIN y RIPE, con diferentes niveles de “apertura”. En ARIN se esta discutiendo una propuesta para permitir las transferencias inter-RIR (aunque no sean fusiones, adquisici ones, reorganizaciones o reubicaciones): • https://www.arin.net/participate/policy/drafts/2019_4/ Igualmente se ha presentado una propuesta equivalente en APNIC y se esta preparando otra para AfriNIC. • https://www.ripe.net/publications/docs/ripe-682 • https://www.arin.net/policy/nrpm.html#eight2 |