Cambiar a 3 años el plazo mínimo para la transferencia de bloques de acuerdo con la sección 2.3.2.18

LAC-2015-5-v1 LAC-2015-5-v2 Vs
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Nombre: Ricardo Patara
Email: patara@registro.br
Organización: NIC.BR

Nombre: Ricardo Patara
Email: patara@registro.br
Organización: NIC.BR

Resumen

Cuando entre en vigor, las disposiciones actuales de la sección 2.3.2.18 permitirán que los bloques asignados hace por
lo menos un año puedan transferirse, incluso en casos que no involucren la compra/venta o fusión de organizaciones.
Esta propuesta pretende cambiar este plazo a por lo menos 5 años.
Esto también afecta al punto 8 de la propuesta 11.1.

Cuando entre en vigor, las disposiciones actuales de la sección 2.3.2.18 permitirán que los bloques asignados hace por l
o menos un año puedan transferirse, incluso en casos que no involucren la compra/venta o fusión de organizaciones.
Esta propuesta pretende cambiar este plazo a por lo menos 3 años.
Esto también afecta al punto 8 de la política 11.1 y también el punto 6 de la política 11.2

Justificación(Describa el problema que pretende solucionar)

Una distribución realizada hace apenas un año que estuviera nuevamente disponible para ser transferida posiblemente esta
ría indicando un plan de utilización mal elaborado y, por lo tanto, una mala distribución o bien una información incorre
cta o falsa.
El objetivo de cambiar a 5 años el plazo mínimo para la transferencia de un bloque distribuido es detener posibles casos
malintencionados donde se reciban distribuciones según los criterios de la política 11.2 o 11.2 para luego transferirlo
s pasado un tiempo mínimo (1 año), por ejemplo, con fines de lucro.

Una distribución realizada hace apenas un año que estuviera nuevamente disponible para ser transferida posiblemente esta
ría indicando un plan de utilización mal elaborado y, por lo tanto, una mala distribución o bien una información incorre
cta o falsa.
El objetivo de cambiar a 3 años el plazo mínimo para la transferencia de un bloque distribuido es detener posibles casos
malintencionados donde se reciban distribuciones según los criterios de la política 11.1 o 11.2 para luego transferirlo
s pasado un tiempo mínimo (1 año), por ejemplo, con fines de lucro.

Texto actual

Cambiar 2.3.2.18.9. por:
"2.3.2.18.9.- Los bloques y sus sub-bloques, provenientes de distribuciones o asignaciones de LACNIC, ya sean iniciales
o adicionales, no podrán ser sujetos a transferencias durante un periodo de CINCO años a partir de su fecha de distribuc
ión o asignación.”
Cambiar el punto 8 de la política 11.1 por:
"8. Un bloque recibido bajo esta política no podrá ser transferido siguiendo el punto 2.3.2.18 del manual de políticas d
urante un periodo de CINCO años. Lo mismo aplica para sus sub-bloques, es decir, bloques que agrupen un subconjunto de l
as direcciones IPv4 que contiene el bloque.”

Cambiar 2.3.2.18.9. por:
"2.3.2.18.9.- Los bloques y sus sub-bloques, provenientes de distribuciones o asignaciones de LACNIC, ya sean iniciales
o adicionales, no podrán ser sujetos a transferencias durante un periodo de TRES años a partir de su fecha de distribuci
ón o asignación.”
Cambiar el punto 8 de la política 11.1 por:
"8. Un bloque recibido bajo esta política no podrá ser transferido siguiendo el punto 2.3.2.18 del manual de políticas d
urante un periodo de TRES años. Lo mismo aplica para sus sub-bloques, es decir, bloques que agrupen un subconjunto de la
s direcciones IPv4 que contiene el bloque.”
Cambiar el punto 6 de la política 11.2 por:
"6. Un bloque recibido bajo esta política no podrá ser transferido siguiendo el punto 2.3.2.18 del manual de políticas d
urante un periodo de TRES años. Lo mismo aplica para sus sub-bloques, es decir, bloques que agrupen un subconjunto de la
s direcciones IPv4 que contiene el bloque.”

Texto nuevo

Cambiar 2.3.2.18.9. por:
"2.3.2.18.9.- Los bloques y sus sub-bloques, provenientes de distribuciones o asignaciones de LACNIC, ya sean iniciales
o adicionales, no podrán ser sujetos a transferencias durante un periodo de CINCO años a partir de su fecha de distribuc
ión o asignación.”
Cambiar el punto 8 de la política 11.1 por:
"8. Un bloque recibido bajo esta política no podrá ser transferido siguiendo el punto 2.3.2.18 del manual de políticas d
urante un periodo de CINCO años. Lo mismo aplica para sus sub-bloques, es decir, bloques que agrupen un subconjunto de l
as direcciones IPv4 que contiene el bloque.”

Cambiar 2.3.2.18.9. por:
"2.3.2.18.9.- Los bloques y sus sub-bloques, provenientes de distribuciones o asignaciones de LACNIC, ya sean iniciales
o adicionales, no podrán ser sujetos a transferencias durante un periodo de TRES años a partir de su fecha de distribuci
ón o asignación.”
Cambiar el punto 8 de la política 11.1 por:
"8. Un bloque recibido bajo esta política no podrá ser transferido siguiendo el punto 2.3.2.18 del manual de políticas d
urante un periodo de TRES años. Lo mismo aplica para sus sub-bloques, es decir, bloques que agrupen un subconjunto de la
s direcciones IPv4 que contiene el bloque.”
Cambiar el punto 6 de la política 11.2 por:
"6. Un bloque recibido bajo esta política no podrá ser transferido siguiendo el punto 2.3.2.18 del manual de políticas d
urante un periodo de TRES años. Lo mismo aplica para sus sub-bloques, es decir, bloques que agrupen un subconjunto de la
s direcciones IPv4 que contiene el bloque.”

Información adicional

Ninguna

Ninguna

Referencias

2.3.2.18. Transferencias de bloquesIPv4 dentro de la región LACNIC
11.1. Reserva especial de distribuciones/asignaciones IPV4 para nuevos miembros

2.3.2.18. Transferencias de bloques IPv4 dentro de la región LACNIC
11.1. Reserva especial de distribuciones/asignaciones IPV4 para nuevos miembros
11.2. Distribuciones/asignaciones para una terminación gradual de recursos IPv4