Actualización de “Recuperación y devolución de recursos” y coherencia con el resto del manual

LAC-2019-9-v1 LAC-2019-9-v2 Vs
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Autores

Nombre: Jordi Palet Martinez
Email: jordi.palet@theipv6company.com
Organización: The IPv6 Company

Nombre: Jordi Palet Martinez
Email: jordi.palet@theipv6company.com
Organización: The IPv6 Company

Resumen

Esta propuesta actualiza el título de la sección 7 del manual de políticas como “Revocación y devolución de recursos”. S
e resuelven discrepancias en la redacción actual y se hace consistente con la terminología del Contrato de Servicios, de
jando claro que aplica a cualquier incumplimiento reiterado y/o continuado de políticas, así como a fraudes e impagos.
Se corrigen otros apartados del manual, para evitar duplicidades y mantener la coherencia, evitando la innecesaria revoc
ación de recursos en casos ya indicados como “problemáticos” en la lista de mejoras de políticas.

Esta propuesta actualiza el título de la sección 7 del manual de políticas como “Revocación y devolución de recursos”. S
e resuelven discrepancias en la redacción actual y se hace consistente con la terminología del Contrato de Servicios, de
jando claro que aplica a cualquier incumplimiento reiterado y/o continuado de políticas, así como a fraudes e impagos.
Se corrigen otros apartados del manual, para evitar duplicidades y mantener la coherencia, evitando la innecesaria revoc
ación de recursos en casos ya indicados como “problemáticos” en la lista de mejoras de políticas (puntos 1, 8 y 10, véas
e https://www
.lacnic.net/561/1/lacnic/).

Justificación(Describa el problema que pretende solucionar)

El texto actual no refleja correctamente cómo actuar en casos de incumplimientos reiterados de las políticas. La redacci
ón es ambigua y parece limitarse solo al impago.
Es razonable que los recursos IPv6 y ASN devueltos, no se incorporen al pool inmediatamente, dado que no hay agotamiento
de los mismos. Sin embargo, si que es conveniente que se haga automáticamente al cabo de un cierto tiempo (para facilit
ar el ajuste de filtros, limpieza de dichos recursos, etc.), evitando así la acumulación de los mismos en pools diferent
es, que requerirían nuevas políticas para su uso.

El texto actual de la sección 7, no refleja correctamente cómo actuar en casos de incumplimientos reiterados de las polí
ticas. La redacción es ambigua y parece limitarse solo al impago.
Es razonable que los recursos IPv6 y ASN devueltos, no se incorporen al pool inmediatamente, dado que no hay agotamiento
de los mismos. Sin embargo, si que es conveniente que se haga automáticamente al cabo de un cierto tiempo (para facilit
ar el ajuste de filtros, limpieza de dichos recursos, etc.), evitando así la acumulación de los mismos en pools diferent
es, que requerirían nuevas políticas para su uso.
Además de acomodar diversos cambios editoriales y unificar texto que está duplicado, o texto que está para IPv4 y afecta
también a IPv6, se aclaran diversos aspectos, que podrían entenderse como editoriales, y se resuelven varios puntos de
la lista de mejoras.

Texto actual

Texto actual
7. Recuperación y devolución de recursos
7.1. Recuperación de recursos
LACNIC buscando la eficiente utilización de los recursos asignados en la región LAC buscará recuperar recursos para re-a
signarlos a organizaciones.
LACNIC verificará con la organización que recibió la asignación el correcto uso del recurso cuando cuente con evidencia
que permita inferir que posiblemente los recursos de la asignación no están siendo utilizados o están siendo utilizados
incorrectamente.
Algunas evidencias que LACNIC puede utilizar para iniciar el proceso de recuperación de recursos son:
• Falta de visibilidad del recurso en la tabla de ruteo global.
• Incumplimiento de las políticas de LACNIC.
• Incumplimiento de lo estipulado en el acuerdo de servicio de registro o algún otro acuerdo legal entre la organizac
ión titular del recurso y LACNIC o uno de sus NIRs.
• Evidencia de una organización que desapareció y sus bloques no fueron transferidos.
• Transferencias no autorizadas según lo estipulado por las políticas.
El proceso de recuperación de recursos inicia cuando LACNIC tiene la mencionada evidencia.
LACNIC tratará de contactar a la organización y regularizar la situación.
Existen organizaciones que pueden tener asignaciones que están siendo usadas y no son visibles en la tabla de ruteo glob
al. Si la organización justifica que éste es el caso, entonces LACNIC considerará esto como suficiente y el proceso de r
ecuperación de estos recursos se termina.
En caso de que la situación no pueda ser regularizada, LACNIC listará públicamente durante tres meses el recurso a recup
erar. Durante este periodo la organización aún puede regularizar la situación con LACNIC.
Transcurridos los primeros dos meses de la publicación de los recursos, LACNIC procederá a eliminar los registros NS que
apuntan a los servidores autoritativos de los recursos involucrados. Esta información puede recuperarse una vez que la
organización tenga contacto con LACNIC o el NIR correspondiente.
Habiendo transcurridos los tres meses de publicación sin que la organización haya regularizado su situación, el recurso
será recuperado, por lo que se eliminarán los registros de titularidad sobre estos recursos en la base de datos de LACNI
C.
Para casos en los que la revocación de recursos involucren infraestructuras esenciales estratégicas para el funcionamien
to de Internet en la región, o para situaciones de excepción como desastres naturales o de inestabilidad política, el pe
ríodo de revocación de recursos puede ser extendido por parte del Directorio de LACNIC, previo assesment del Staff a par
tir de la detección de una situación extraordinaria que así lo requiera.
LACNIC listará públicamente los recursos que han sido recuperados para que se puedan modificar los filtros de ruteo.
LACNIC frecuentemente buscará recursos que puedan ser recuperados.
Todos los recursos IPv4 recuperados bajo esta política sólo podrán ser asignados bajo los lineamientos planteados en el
punto 11.1 del manual de políticas.
Los recursos IPv4 recuperados empezarán a ser asignados cuando no se pueda realizar la primera asignación de la reserva
especial de IPv4. Los recursos con mayor antigüedad de recuperación serán asignados primero. Los recursos IPv6 y ASNs re
cuperados no se asignarán hasta que una nueva política defina el momento indicado.
7.2. Devolución de recursos
Los recursos IPv4 devueltos bajo esta política sólo podrán ser asignados bajo los lineamientos planteados en el punto 11
.1 del manual de políticas. Los recursos IPv4 devueltos empezarán a ser asignados cuando no se pueda realizar la primera
asignación de la reserva especial de IPv4. Los recursos con mayor antigüedad de devolución serán asignados primero.
Los recursos IPv6 y ASNs devueltos no se asignarán hasta que una nueva política defina el momento adecuado.
1.11 Principios para una buena administración/custodia
Los recursos de numeración de Internet bajo la custodia de LACNIC se deben distribuir a organizaciones legalmente establ
ecidas en su región de servicio y para atender mayoritariamente redes y servicios que operan en dicha región. Se permite
que clientes externos se conecten directamente a una infraestructura principal ubicada dentro de la región.
2.3.2.9. - Ruteabilidad no garantizada
Las direcciones IPv4 portables (independiente del proveedor) distribuidas por LACNIC o un NIR no están garantizadas de s
er globalmente ruteables.
Estos problemas deberán ser solucionados entre el poseedor de las direcciones IPv4 mencionadas y su o sus proveedores de
conectividad. LACNIC proveerá en los casos en que sea necesario, la orientación correspondiente.
2.3.2.10. - Validez de las distribuciones de direcciones IPv4
Las distribuciones de direcciones IPv4 son válidas mientras los objetivos de exclusividad, conservación, ruteabilidad e
información continúen cumpliéndose. LACNIC puede invalidar cualquier distribución de direcciones IPv4 si se determina qu
e los requerimientos para el espacio de direcciones IPv4 no existen más o se dejan de cumplir algunos de los objetivos p
lanteados en este documento.
Existen una serie de prácticas que podrán ser consideradas como causa para la pérdida de las distribuciones recibidas. E
stas son:
o No utilizar el espacio de direcciones IPv4 distribuido en un período de un mes posterior al registro.
o No mantener el registro de la resolución inversa de su espacio de direcciones IPv4.
o No mantener actualizada la información de las distribuciones y asignaciones en la base de datos Whois de LACNIC
o No cumplir con las obligaciones contractuales con LACNIC.
o No aplicar correctamente las políticas de LACNIC en sus distribuciones y asignaciones y la administración de los re
cursos recibidos de LACNIC.
En el evento de invalidación de espacios de direcciones IPv4, LACNIC hará los esfuerzos para informar a la comunidad que
las direcciones IPv4 han sido regresadas a los bloques disponibles de direcciones IPv4.
2.3.2.11. - Envío del formulario de solicitud
La solicitud de espacio de direcciones IPv4 a LACNIC por parte de los IRs es hecha a través de las plantillas de solicit
ud de direcciones para IR o Usuarios Finales. Cualquier solicitud que sea considerada con falta de información o sin det
alles suficientes será regresada al solicitante para ser completada.
Nuevo Texto
7. Revocación y devolución de recursos
Las distribuciones y asignaciones de recursos son válidas mientras los objetivos de exclusividad, conservación, ruteabil
idad, información y en general, el resto de las políticas, continúen cumpliéndose.
LACNIC podrá, por lo tanto, invalidar cualquier distribución o asignación si se determina que los requerimientos ya no e
xisten o se dejan de cumplir los criterios del manual de políticas.
Podrá ser considerado como causa para la revocación de recursos:
o Recursos no utilizados o anunciados (cuando sea obligatorio).
o No mantener el registro de la resolución inversa de las direcciones.
o No mantener actualizada la información de las distribuciones y asignaciones en la base de datos Whois de LACNIC.
o Transferencias no autorizadas.
o De forma genérica, incumplimientos continuados y/o reiterados de políticas.
o No cumplir con las obligaciones contractuales con LACNIC o sus NIRs, incluyendo impagos o fraude documental.
o Organizaciones que desaparecieron, o no responden.
Cuando el incumplimiento ha sido causado por un tercero, sin conocimiento de la organización que recibe los recursos, y
sea evidente que no hay connivencia ni negligencia por parte de dicha organización, no se completará el proceso de revoc
ación.
7.1. Proceso de Revocación de recursos
Para la eficiente utilización de los recursos de la región, LACNIC verificará con las organizaciones que reciben recurso
s, el correcto uso de los mismos, de forma automatizada periódicamente cuando sea posible y más exhaustivamente siempre
que se cuente con evidencias que permitan inferir que no están siendo correctamente utilizados.
Una vez se detectan evidencias y son confirmadas, el proceso de recuperación de recursos tiene los siguientes pasos:
a) LACNIC tratará de contactar a la organización y regularizar la situación.
b) En caso de que la situación no pueda ser regularizada, LACNIC listará públicamente durante un período máximo de tr
es meses los recursos a recuperar.
Durante este periodo la organización aún puede regularizar la situación con LACNIC.
c) En el resto de los casos, transcurridos los primeros dos meses desde la publicación de los recursos, LACNIC proced
erá a eliminar los registros NS que apuntan a los servidores autoritativos de los recursos involucrados. Esta informació
n puede recuperarse una vez que la organización restablece contacto con LACNIC o el NIR correspondiente.
d) Habiendo transcurrido tres meses de publicación sin que la organización haya regularizado su situación, el recurso
será recuperado, por lo que se eliminarán los registros de titularidad sobre estos recursos en la base de datos de LACN
IC.
e) Se aplicarán el resto de estipulaciones indicadas en el Acuerdo de Servicios de Registro y Estatutos.
7.2. Excepcionalidad
Para casos en los que la revocación de recursos involucre infraestructuras esenciales estratégicas para el funcionamient
o de Internet en la región, o para situaciones de excepción como desastres naturales o de inestabilidad política, el per
íodo de revocación de recursos puede ser extendido por parte del Directorio de LACNIC, previa evaluación del staff a par
tir de la detección de una situación extraordinaria que así lo requiera.
7.3. Devolución de recursos
Los receptores de recursos pueden devolverlos a LACNIC, siempre que lo deseen, tanto total como parcialmente.
En el caso de devolución total, aplicará lo indicado en el Acuerdo de Servicios de Registro y Estatutos.
7.4. Publicación de los recursos
LACNIC listará públicamente los recursos que han sido recuperados o devueltos para que se puedan modificar los filtros d
e ruteo.
7.5. Uso de recursos recuperados o devueltos
Los recursos IPv4, serán incorporados al “final” del pool en vigor en el momento de su recuperación o devolución, para s
u uso en el orden en que se hayan incorporado al mismo.
Los recursos IPv6 y ASNs, serán incorporados a sus respectivos pools al transcurrir 2 años de su recuperación o devoluci
ón.
1.11 Principios para una buena administración/custodia
Los recursos de numeración de Internet bajo la custodia de LACNIC se deben distribuir a organizaciones legalmente establ
ecidas en su región de servicio y para atender mayoritariamente* redes y servicios que operan en dicha región. Se permit
e que clientes externos se conecten directamente a una infraestructura principal ubicada dentro de la región.
*Se entiende mayoritariamente como más del 50%.
Por lo tanto, para obtener cualquier tipo de recursos en la región de LACNIC, es necesario cumplimentar también la membr
esía con LACNIC o el NIR correspondiente, lo que a su vez implica la firma del acuerdo de servicios de registro.
(la sección 2.3.2.9 pasa a ser la 2.2.3 y se renumeran las que siguen a la 2.3.2.9, ya que de esta forma este texto es i
gualmente válido y necesario para distribuciones y asignaciones)
2.2.3. - Ruteabilidad no garantizada pero exigible
Ni LACNIC, ni los NIR garantizan la ruteabilidad de las direcciones IPv4 distribuidas o asignadas.
Los receptores de recursos son responsables de negociar dicha ruteabilidad con sus proveedores de conectividad. LACNIC p
roveerá en los casos en los que sea necesario, la orientación correspondiente.
Sin embargo, los recursos distribuidos o asignados deben ser anunciados en un plazo máximo de 90 días, salvo en aquellos
casos en que se justifique la necesidad de no hacerlo.
2.3.2.10. - Validez de las distribuciones de direcciones IPv4
(Esta sección se elimina y se renumeran las siguientes, dado que su texto ha pasado a ser la introducción, para todos lo
s recursos, de la sección 7)
2.3.2.11. - Envío del formulario de solicitud
(Esta sección se elimina y se renumeran las siguientes, dado que son mecanismos operacionales para todos los recursos)

7. Recuperación y devolución de recursos
7.1. Recuperación de recursos
LACNIC buscando la eficiente utilización de los recursos asignados en la región LAC buscará recuperar recursos para re-a
signarlos a organizaciones.
LACNIC verificará con la organización que recibió la asignación el correcto uso del recurso cuando cuente con evidencia
que permita inferir que posiblemente los recursos de la asignación no están siendo utilizados o están siendo utilizados
incorrectamente.
Algunas evidencias que LACNIC puede utilizar para iniciar el proceso de recuperación de recursos son:
• Falta de visibilidad del recurso en la tabla de ruteo global.
• Incumplimiento de las políticas de LACNIC.
• Incumplimiento de lo estipulado en el acuerdo de servicio de registro o algún otro acuerdo legal entre la organizac
ión titular del recurso y LACNIC o uno de sus NIRs.
• Evidencia de una organización que desapareció y sus bloques no fueron transferidos.
• Transferencias no autorizadas según lo estipulado por las políticas.
El proceso de recuperación de recursos inicia cuando LACNIC tiene la mencionada evidencia.
LACNIC tratará de contactar a la organización y regularizar la situación.
Existen organizaciones que pueden tener asignaciones que están siendo usadas y no son visibles en la tabla de ruteo glob
al. Si la organización justifica que éste es el caso, entonces LACNIC considerará esto como suficiente y el proceso de r
ecuperación de estos recursos se termina.
En caso de que la situación no pueda ser regularizada, LACNIC listará públicamente durante tres meses el recurso a recup
erar. Durante este periodo la organización aún puede regularizar la situación con LACNIC.
Transcurridos los primeros dos meses de la publicación de los recursos, LACNIC procederá a eliminar los registros NS que
apuntan a los servidores autoritativos de los recursos involucrados. Esta información puede recuperarse una vez que la
organización tenga contacto con LACNIC o el NIR correspondiente.
Habiendo transcurridos los tres meses de publicación sin que la organización haya regularizado su situación, el recurso
será recuperado, por lo que se eliminarán los registros de titularidad sobre estos recursos en la base de datos de LACNI
C.
Para casos en los que la revocación de recursos involucren infraestructuras esenciales estratégicas para el funcionamien
to de Internet en la región, o para situaciones de excepción como desastres naturales o de inestabilidad política, el pe
ríodo de revocación de recursos puede ser extendido por parte del Directorio de LACNIC, previo assesment del Staff a par
tir de la detección de una situación extraordinaria que así lo requiera.
LACNIC listará públicamente los recursos que han sido recuperados para que se puedan modificar los filtros de ruteo.
LACNIC frecuentemente buscará recursos que puedan ser recuperados.
Todos los recursos IPv4 recuperados bajo esta política sólo podrán ser asignados bajo los lineamientos planteados en el
punto 11.1 del manual de políticas.
Los recursos IPv4 recuperados empezarán a ser asignados cuando no se pueda realizar la primera asignación de la reserva
especial de IPv4. Los recursos con mayor antigüedad de recuperación serán asignados primero. Los recursos IPv6 y ASNs re
cuperados no se asignarán hasta que una nueva política defina el momento indicado.
7.2. Devolución de recursos
Los recursos IPv4 devueltos bajo esta política sólo podrán ser asignados bajo los lineamientos planteados en el punto 11
.1 del manual de políticas. Los recursos IPv4 devueltos empezarán a ser asignados cuando no se pueda realizar la primera
asignación de la reserva especial de IPv4. Los recursos con mayor antigüedad de devolución serán asignados primero.
Los recursos IPv6 y ASNs devueltos no se asignarán hasta que una nueva política defina el momento adecuado.
2.3.2.9. - Ruteabilidad no garantizada
Las direcciones IPv4 portables (independiente del proveedor) distribuidas por LACNIC o un NIR no están garantizadas de s
er globalmente ruteables.
Estos problemas deberán ser solucionados entre el poseedor de las direcciones IPv4 mencionadas y su o sus proveedores de
conectividad. LACNIC proveerá en los casos en que sea necesario, la orientación correspondiente.
4.4.2.- Ruteabilidad no garantizada
No hay garantías de que la distribución o asignación de una dirección será ruteable globalmente.
Sin embargo, los RIRs deben aplicar procedimientos que reduzcan la posibilidad de fragmentación del espacio de direccion
es, lo que podría llevar a la pérdida de ruteabilidad.
...
1.11 Principios para una buena administración/custodia
Los recursos de numeración de Internet bajo la custodia de LACNIC se deben distribuir a organizaciones legalmente establ
ecidas en su región de servicio y para atender mayoritariamente redes y servicios que operan en dicha región. Se permite
que clientes externos se conecten directamente a una infraestructura principal ubicada dentro de la región.
...
2.3.2.10. - Validez de las distribuciones de direcciones IPv4
Las distribuciones de direcciones IPv4 son válidas mientras los objetivos de exclusividad, conservación, ruteabilidad e
información continúen cumpliéndose. LACNIC puede invalidar cualquier distribución de direcciones IPv4 si se determina qu
e los requerimientos para el espacio de direcciones IPv4 no existen más o se dejan de cumplir algunos de los objetivos p
lanteados en este documento.
Existen una serie de prácticas que podrán ser consideradas como causa para la pérdida de las distribuciones recibidas. E
stas son:
o No utilizar el espacio de direcciones IPv4 distribuido en un período de un mes posterior al registro.
o No mantener el registro de la resolución inversa de su espacio de direcciones IPv4.
o No mantener actualizada la información de las distribuciones y asignaciones en la base de datos Whois de LACNIC
o No cumplir con las obligaciones contractuales con LACNIC.
o No aplicar correctamente las políticas de LACNIC en sus distribuciones y asignaciones y la administración de los re
cursos recibidos de LACNIC.
En el evento de invalidación de espacios de direcciones IPv4, LACNIC hará los esfuerzos para informar a la comunidad que
las direcciones IPv4 han sido regresadas a los bloques disponibles de direcciones IPv4.
2.3.2.11. - Envío del formulario de solicitud
La solicitud de espacio de direcciones IPv4 a LACNIC por parte de los IRs es hecha a través de las plantillas de solicit
ud de direcciones para IR o Usuarios Finales. Cualquier solicitud que sea considerada con falta de información o sin det
alles suficientes será regresada al solicitante para ser completada.

Texto nuevo

Texto actual
7. Recuperación y devolución de recursos
7.1. Recuperación de recursos
LACNIC buscando la eficiente utilización de los recursos asignados en la región LAC buscará recuperar recursos para re-a
signarlos a organizaciones.
LACNIC verificará con la organización que recibió la asignación el correcto uso del recurso cuando cuente con evidencia
que permita inferir que posiblemente los recursos de la asignación no están siendo utilizados o están siendo utilizados
incorrectamente.
Algunas evidencias que LACNIC puede utilizar para iniciar el proceso de recuperación de recursos son:
• Falta de visibilidad del recurso en la tabla de ruteo global.
• Incumplimiento de las políticas de LACNIC.
• Incumplimiento de lo estipulado en el acuerdo de servicio de registro o algún otro acuerdo legal entre la organizac
ión titular del recurso y LACNIC o uno de sus NIRs.
• Evidencia de una organización que desapareció y sus bloques no fueron transferidos.
• Transferencias no autorizadas según lo estipulado por las políticas.
El proceso de recuperación de recursos inicia cuando LACNIC tiene la mencionada evidencia.
LACNIC tratará de contactar a la organización y regularizar la situación.
Existen organizaciones que pueden tener asignaciones que están siendo usadas y no son visibles en la tabla de ruteo glob
al. Si la organización justifica que éste es el caso, entonces LACNIC considerará esto como suficiente y el proceso de r
ecuperación de estos recursos se termina.
En caso de que la situación no pueda ser regularizada, LACNIC listará públicamente durante tres meses el recurso a recup
erar. Durante este periodo la organización aún puede regularizar la situación con LACNIC.
Transcurridos los primeros dos meses de la publicación de los recursos, LACNIC procederá a eliminar los registros NS que
apuntan a los servidores autoritativos de los recursos involucrados. Esta información puede recuperarse una vez que la
organización tenga contacto con LACNIC o el NIR correspondiente.
Habiendo transcurridos los tres meses de publicación sin que la organización haya regularizado su situación, el recurso
será recuperado, por lo que se eliminarán los registros de titularidad sobre estos recursos en la base de datos de LACNI
C.
Para casos en los que la revocación de recursos involucren infraestructuras esenciales estratégicas para el funcionamien
to de Internet en la región, o para situaciones de excepción como desastres naturales o de inestabilidad política, el pe
ríodo de revocación de recursos puede ser extendido por parte del Directorio de LACNIC, previo assesment del Staff a par
tir de la detección de una situación extraordinaria que así lo requiera.
LACNIC listará públicamente los recursos que han sido recuperados para que se puedan modificar los filtros de ruteo.
LACNIC frecuentemente buscará recursos que puedan ser recuperados.
Todos los recursos IPv4 recuperados bajo esta política sólo podrán ser asignados bajo los lineamientos planteados en el
punto 11.1 del manual de políticas.
Los recursos IPv4 recuperados empezarán a ser asignados cuando no se pueda realizar la primera asignación de la reserva
especial de IPv4. Los recursos con mayor antigüedad de recuperación serán asignados primero. Los recursos IPv6 y ASNs re
cuperados no se asignarán hasta que una nueva política defina el momento indicado.
7.2. Devolución de recursos
Los recursos IPv4 devueltos bajo esta política sólo podrán ser asignados bajo los lineamientos planteados en el punto 11
.1 del manual de políticas. Los recursos IPv4 devueltos empezarán a ser asignados cuando no se pueda realizar la primera
asignación de la reserva especial de IPv4. Los recursos con mayor antigüedad de devolución serán asignados primero.
Los recursos IPv6 y ASNs devueltos no se asignarán hasta que una nueva política defina el momento adecuado.
1.11 Principios para una buena administración/custodia
Los recursos de numeración de Internet bajo la custodia de LACNIC se deben distribuir a organizaciones legalmente establ
ecidas en su región de servicio y para atender mayoritariamente redes y servicios que operan en dicha región. Se permite
que clientes externos se conecten directamente a una infraestructura principal ubicada dentro de la región.
2.3.2.9. - Ruteabilidad no garantizada
Las direcciones IPv4 portables (independiente del proveedor) distribuidas por LACNIC o un NIR no están garantizadas de s
er globalmente ruteables.
Estos problemas deberán ser solucionados entre el poseedor de las direcciones IPv4 mencionadas y su o sus proveedores de
conectividad. LACNIC proveerá en los casos en que sea necesario, la orientación correspondiente.
2.3.2.10. - Validez de las distribuciones de direcciones IPv4
Las distribuciones de direcciones IPv4 son válidas mientras los objetivos de exclusividad, conservación, ruteabilidad e
información continúen cumpliéndose. LACNIC puede invalidar cualquier distribución de direcciones IPv4 si se determina qu
e los requerimientos para el espacio de direcciones IPv4 no existen más o se dejan de cumplir algunos de los objetivos p
lanteados en este documento.
Existen una serie de prácticas que podrán ser consideradas como causa para la pérdida de las distribuciones recibidas. E
stas son:
o No utilizar el espacio de direcciones IPv4 distribuido en un período de un mes posterior al registro.
o No mantener el registro de la resolución inversa de su espacio de direcciones IPv4.
o No mantener actualizada la información de las distribuciones y asignaciones en la base de datos Whois de LACNIC
o No cumplir con las obligaciones contractuales con LACNIC.
o No aplicar correctamente las políticas de LACNIC en sus distribuciones y asignaciones y la administración de los re
cursos recibidos de LACNIC.
En el evento de invalidación de espacios de direcciones IPv4, LACNIC hará los esfuerzos para informar a la comunidad que
las direcciones IPv4 han sido regresadas a los bloques disponibles de direcciones IPv4.
2.3.2.11. - Envío del formulario de solicitud
La solicitud de espacio de direcciones IPv4 a LACNIC por parte de los IRs es hecha a través de las plantillas de solicit
ud de direcciones para IR o Usuarios Finales. Cualquier solicitud que sea considerada con falta de información o sin det
alles suficientes será regresada al solicitante para ser completada.
Nuevo Texto
7. Revocación y devolución de recursos
Las distribuciones y asignaciones de recursos son válidas mientras los objetivos de exclusividad, conservación, ruteabil
idad, información y en general, el resto de las políticas, continúen cumpliéndose.
LACNIC podrá, por lo tanto, invalidar cualquier distribución o asignación si se determina que los requerimientos ya no e
xisten o se dejan de cumplir los criterios del manual de políticas.
Podrá ser considerado como causa para la revocación de recursos:
o Recursos no utilizados o anunciados (cuando sea obligatorio).
o No mantener el registro de la resolución inversa de las direcciones.
o No mantener actualizada la información de las distribuciones y asignaciones en la base de datos Whois de LACNIC.
o Transferencias no autorizadas.
o De forma genérica, incumplimientos continuados y/o reiterados de políticas.
o No cumplir con las obligaciones contractuales con LACNIC o sus NIRs, incluyendo impagos o fraude documental.
o Organizaciones que desaparecieron, o no responden.
Cuando el incumplimiento ha sido causado por un tercero, sin conocimiento de la organización que recibe los recursos, y
sea evidente que no hay connivencia ni negligencia por parte de dicha organización, no se completará el proceso de revoc
ación.
7.1. Proceso de Revocación de recursos
Para la eficiente utilización de los recursos de la región, LACNIC verificará con las organizaciones que reciben recurso
s, el correcto uso de los mismos, de forma automatizada periódicamente cuando sea posible y más exhaustivamente siempre
que se cuente con evidencias que permitan inferir que no están siendo correctamente utilizados.
Una vez se detectan evidencias y son confirmadas, el proceso de recuperación de recursos tiene los siguientes pasos:
a) LACNIC tratará de contactar a la organización y regularizar la situación.
b) En caso de que la situación no pueda ser regularizada, LACNIC listará públicamente durante un período máximo de tr
es meses los recursos a recuperar.
Durante este periodo la organización aún puede regularizar la situación con LACNIC.
c) En el resto de los casos, transcurridos los primeros dos meses desde la publicación de los recursos, LACNIC proced
erá a eliminar los registros NS que apuntan a los servidores autoritativos de los recursos involucrados. Esta informació
n puede recuperarse una vez que la organización restablece contacto con LACNIC o el NIR correspondiente.
d) Habiendo transcurrido tres meses de publicación sin que la organización haya regularizado su situación, el recurso
será recuperado, por lo que se eliminarán los registros de titularidad sobre estos recursos en la base de datos de LACN
IC.
e) Se aplicarán el resto de estipulaciones indicadas en el Acuerdo de Servicios de Registro y Estatutos.
7.2. Excepcionalidad
Para casos en los que la revocación de recursos involucre infraestructuras esenciales estratégicas para el funcionamient
o de Internet en la región, o para situaciones de excepción como desastres naturales o de inestabilidad política, el per
íodo de revocación de recursos puede ser extendido por parte del Directorio de LACNIC, previa evaluación del staff a par
tir de la detección de una situación extraordinaria que así lo requiera.
7.3. Devolución de recursos
Los receptores de recursos pueden devolverlos a LACNIC, siempre que lo deseen, tanto total como parcialmente.
En el caso de devolución total, aplicará lo indicado en el Acuerdo de Servicios de Registro y Estatutos.
7.4. Publicación de los recursos
LACNIC listará públicamente los recursos que han sido recuperados o devueltos para que se puedan modificar los filtros d
e ruteo.
7.5. Uso de recursos recuperados o devueltos
Los recursos IPv4, serán incorporados al “final” del pool en vigor en el momento de su recuperación o devolución, para s
u uso en el orden en que se hayan incorporado al mismo.
Los recursos IPv6 y ASNs, serán incorporados a sus respectivos pools al transcurrir 2 años de su recuperación o devoluci
ón.
1.11 Principios para una buena administración/custodia
Los recursos de numeración de Internet bajo la custodia de LACNIC se deben distribuir a organizaciones legalmente establ
ecidas en su región de servicio y para atender mayoritariamente* redes y servicios que operan en dicha región. Se permit
e que clientes externos se conecten directamente a una infraestructura principal ubicada dentro de la región.
*Se entiende mayoritariamente como más del 50%.
Por lo tanto, para obtener cualquier tipo de recursos en la región de LACNIC, es necesario cumplimentar también la membr
esía con LACNIC o el NIR correspondiente, lo que a su vez implica la firma del acuerdo de servicios de registro.
(la sección 2.3.2.9 pasa a ser la 2.2.3 y se renumeran las que siguen a la 2.3.2.9, ya que de esta forma este texto es i
gualmente válido y necesario para distribuciones y asignaciones)
2.2.3. - Ruteabilidad no garantizada pero exigible
Ni LACNIC, ni los NIR garantizan la ruteabilidad de las direcciones IPv4 distribuidas o asignadas.
Los receptores de recursos son responsables de negociar dicha ruteabilidad con sus proveedores de conectividad. LACNIC p
roveerá en los casos en los que sea necesario, la orientación correspondiente.
Sin embargo, los recursos distribuidos o asignados deben ser anunciados en un plazo máximo de 90 días, salvo en aquellos
casos en que se justifique la necesidad de no hacerlo.
2.3.2.10. - Validez de las distribuciones de direcciones IPv4
(Esta sección se elimina y se renumeran las siguientes, dado que su texto ha pasado a ser la introducción, para todos lo
s recursos, de la sección 7)
2.3.2.11. - Envío del formulario de solicitud
(Esta sección se elimina y se renumeran las siguientes, dado que son mecanismos operacionales para todos los recursos)

7. Revocación y devolución de recursos
Las distribuciones y asignaciones de recursos son válidas mientras los objetivos de exclusividad, conservación, ruteabil
idad, información y en general, el resto de las políticas, continúen cumpliéndose.
LACNIC podrá, por lo tanto, invalidar cualquier distribución o asignación si se determina que los requerimientos ya no e
xisten o se dejan de cumplir los criterios del manual de políticas.
Podrá ser considerado como causa para la revocación de recursos:
o Recursos no utilizados o anunciados (cuando sea obligatorio).
o No mantener el registro de la resolución inversa de las direcciones.
o No mantener actualizada la información de las distribuciones y asignaciones en la base de datos Whois de LACNIC o N
IRs, según corresponda
.
o Transferencias no autorizadas.
o De forma genérica, incumplimientos continuados y/o reiterados de políticas.
o No cumplir con las obligaciones contractuales con LACNIC o sus NIRs, incluyendo impagos o fraude documental.
o Organizaciones que desaparecieron, o no responden.
Cuando el incumplimiento ha sido causado por un tercero, sin conocimiento de la organización que recibe los recursos, y
sea evidente que no hay connivencia ni negligencia por parte de dicha organización, no se iniciará el proceso de revocac
ión.
7.1. Proceso de Revocación de recursos
Para la eficiente utilización de los recursos de la región, LACNIC verificará con las organizaciones que reciben recurso
s, el correcto uso de los mismos, de forma automatizada periódicamente cuando sea posible y más exhaustivamente siempre
que se cuente con evidencias que permitan inferir que no están siendo correctamente utilizados.
Una vez se detectan evidencias y son confirmadas, el proceso de recuperación de recursos tiene los siguientes pasos:
a) LACNIC tratará de contactar a la organización y regularizar la situación.
b) En caso de que la situación no pueda ser regularizada, LACNIC listará públicamente durante un período máximo de tr
es meses los recursos a recuperar.
Durante este periodo la organización aún puede regularizar la situación con LACNIC.
c) En el resto de los casos, transcurridos los primeros dos meses desde la publicación de los recursos, LACNIC proced
erá a eliminar los registros NS que apuntan a los servidores autoritativos de los recursos involucrados. Esta informació
n puede recuperarse una vez que la organización restablece contacto con LACNIC o el NIR correspondiente.
d) Habiendo transcurrido tres meses de publicación sin que la organización haya regularizado su situación, el recurso
será recuperado, por lo que se eliminarán los registros de titularidad sobre estos recursos en la base de datos de LACN
IC.
e) Se aplicarán el resto de estipulaciones indicadas en el Acuerdo de Servicios de Registro y Estatutos.
7.2. Excepcionalidad
Para casos en los que la revocación de recursos involucre infraestructuras esenciales estratégicas para el funcionamient
o de Internet en la región, o para situaciones de excepción como desastres naturales o de inestabilidad política, el per
íodo de revocación de recursos puede ser extendido por parte del Directorio de LACNIC, previa evaluación del staff a par
tir de la detección de una situación extraordinaria que así lo requiera.
7.3. Devolución de recursos
Los receptores de recursos pueden devolverlos a LACNIC, siempre que lo deseen, tanto total como parcialmente.
En el caso de devolución total, aplicará lo indicado en el Acuerdo de Servicios de Registro y Estatutos.
7.4. Publicación de los recursos
LACNIC listará públicamente los recursos que han sido recuperados o devueltos para que se puedan modificar los filtros d
e ruteo.
7.5. Uso de recursos recuperados o devueltos
Los recursos IPv4, serán incorporados al “final” del pool en vigor en el momento de su recuperación o devolución, para s
u uso en el orden en que se hayan incorporado al mismo.
Los recursos IPv6 y ASNs, serán incorporados a sus respectivos pools en vigor, al transcurrir 2 años de su recuperación
o devolución.
Sin embargo, LACNIC podrá utilizar estos recursos de forma diferente, en aplicación de mejores prácticas, para un cumpli
miento optimizado de lo indicado en la sección 2 del RFC7020. Por ejemplo, si se recuperan o devuelven ASN de 16 bits.
(la secciones 2.3.2.9 y 4.4.2 son unificadas y sustituidas por la 1.12, realizando las renumeraciones precisas en las se
cciones afectadas, ya que de esta forma este texto es igualmente válido y necesario para distribuciones y asignaciones y
para direcciones IPv4 e IPv6)
1.11. - Ruteabilidad no garantizada
Ni LACNIC, ni los NIR garantizan la ruteabilidad de las direcciones distribuidas o asignadas.
Los receptores de recursos son responsables de negociar dicha ruteabilidad con sus proveedores de conectividad. LACNIC p
roveerá en los casos en los que sea necesario, la orientación correspondiente.
Sin embargo, los recursos distribuidos o asignados deben ser anunciados en un plazo máximo de 90 días, salvo en aquellos
casos en que se justifique la necesidad de no hacerlo.
Los RIRs deben aplicar procedimientos operativos que reduzcan la posibilidad de fragmentación del espacio de direcciones
, para minimizar riesgos de pérdida de ruteabilidad.
(la sección 4.4.2 se elimina y se renumeran las siguientes)
1.12 Principios para una buena administración/custodia
Los recursos de numeración de Internet bajo la custodia de LACNIC se deben distribuir a organizaciones legalmente establ
ecidas en su región de servicio y para atender mayoritariamente* redes y servicios que operan en dicha región. Se permit
e que clientes externos se conecten directamente a una infraestructura principal ubicada dentro de la región.
*Se entiende mayoritariamente como más del 50%.
Al obtener cualquier tipo de recursos de LACNIC o el NIR correspondiente, en caso de tener recursos legados, estos dejan
de ser considerados legados.
(Esta sección se elimina y se renumeran las siguientes, dado que su texto ha pasado a ser la introducción, para todos lo
s recursos, de la sección 7)
(Esta sección pasa a ser la última de la sección 1 y se renumeran las siguientes, dado que son mecanismos para todos los
recursos)
1.13.- Solicitud de recursos
Las solicitudes de recursos a LACNIC o los NIRs correspondientes, se realizarán con los sistemas en vigor.
Cualquier solicitud que sea considerada incompleta, será regresada al solicitante con las debidas indicaciones, para pod
er ser completada.

Información adicional

Referencias:
• APNIC: Closure and recovery.
https://www.apnic.net/community/policy/resources#4.2.-Closure-and-recovery
• ARIN: Resource Review.
https://www.arin.net/participate/policy/nrpm/#12-resource-review
• RIPE: Closure of Members, Deregistration of Internet Resources and Legacy Internet Resources.
https://www.ripe.net/publications/docs/ripe-716

Referencias:
• APNIC: Closure and recovery.
https://www.apnic.net/community/policy/resources#4.2.-Closure-and-recovery
• ARIN: Resource Review.
https://www.arin.net/participate/policy/nrpm/#12-resource-review
• RIPE: Closure of Members, Deregistration of Internet Resources and Legacy Internet Resources.
https://www.ripe.net/publications/docs/ripe-716

Referencias

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