Esta propuesta establece que toda organización que solicite recursos adicionales de numeración IPv4 o IPv6 a LACNIC deberá demostrar una cobertura del 80% de Autorizaciones de Origen de Ruta (ROA) válidas para los recursos IPv4 e IPv6 registrados a su nombre y distribuidos o asignados por LACNIC. El objetivo de la propuesta es incentivar la adopción de RPKI y fortalecer la seguridad del sistema de enrutamiento de la región. La creación y mantenimiento de ROAs constituye una práctica ampliamente reconocida para mitigar el riesgo de secuestros de rutas, anuncios no autorizados y errores de configuración en BGP.
La propuesta incorpora la adopción de ROAs como un criterio adicional para la evaluación de solicitudes de recursos subsiguientes, complementando los criterios ya establecidos en el Manual de Políticas.
Rationale (Describe the problem you intend to solve)El ecosistema de Internet ha avanzado significativamente en la adopción de RPKI como mecanismo de validación del origen de rutas BGP. Aunque la emisión de ROAs es actualmente una práctica recomendada, no existe un requisito de política que promueva niveles elevados de cobertura de ROAs de los recursos registrados en la región. Como consecuencia, continúan existiendo prefijos sin protección criptográfica de origen. De acuerdo con un estudio publicado en 2025 por LACNIC (https://blog.lacnic.net/adopcion-rpki-america-latina/), la adopción de RPKI en la región ha alcanzado niveles significativos, registrando una cobertura de ROAs de poco más del 46% para IPv4 y de aproximadamente el 60% para IPv6. Estos datos demuestran que una mayoría sustancial de la comunidad ya posee el conocimiento técnico y la capacidad operativa para desplegar estas soluciones.
La seguridad del enrutamiento global en Internet es una responsabilidad compartida de todo el ecosistema de la red. Históricamente, los criterios para evaluar la entrega de recursos adicionales se han limitado a métricas cuantitativas de consumo de espacio (como el cumplimiento del 80% en IPv4 o la métrica HD-Ratio en IPv6). Sin embargo, en el estado actual de Internet, la correcta custodia de los recursos no puede desvincularse de la responsabilidad de las organizaciones de asegurar que dichos recursos no sean expuestos a secuestros de rutas (route hijacking) o fugas de rutas (route leaks) que comprometan la estabilidad de la región. Por ello, la seguridad debe ser adoptada formalmente como una métrica indispensable de eficiencia operativa.
Actualmente LACNIC dispone de herramientas que permiten verificar el nivel de cobertura de ROAs (BGP&RPKI Tool en https://tools.labs.lacnic.net/tools/rpki?id=xxxx).
Esta evolución es viable hoy en día gracias a la plena madurez técnica del sistema RPKI integrado en la plataforma miLACNIC. LACNIC ha consolidado una infraestructura criptográfica robusta, estable y de alta disponibilidad, facilitando interfaces intuitivas, APIs de automatización y herramientas de diagnóstico que eliminan cualquier barrera técnica para los operadores sin importar su tamaño. Dado que la plataforma permite la delegación y creación de ROAs de forma masiva y simplificada, las barreras técnicas para la adopción de ROAs se han reducido significativamente.
Las organizaciones que solicitan recursos adicionales demuestran un crecimiento continuo de sus operaciones y, por tanto, resulta razonable requerir el cumplimiento de prácticas mínimas de seguridad operacional antes de otorgar recursos adicionales de numeración.
Current textSección “2.3.4. Políticas para la distribución de espacio adicional de direcciones IPv4” inciso 1.
Sección “4.4.2.1 Criterio de distribución subsiguiente”.
New textAdicionar al final del inciso 1 de la sección “2.3.4. Políticas para la distribución de espacio adicional de direcciones IPv4” el siguiente texto:
Adicionalmente, la organización deberá contar con una cobertura del 80% de Autorizaciones de Origen de Ruta (ROAs) válidas para los recursos IPv4 e IPv6 que tenga asignados o distribuidos por LACNIC. LACNIC verificará el cumplimiento de este requisito mediante los mecanismos operativos que determine para tal fin. El cumplimiento de este requisito constituirá una condición necesaria para aprobar la distribución subsiguiente de recursos.
Adicionar al final de la sección “4.4.2.1 Criterio de distribución subsiguiente”:
Adicionalmente, la organización deberá contar con una cobertura del 80% de Autorizaciones de Origen de Ruta (ROAs) válidas para los recursos IPv4 e IPv6 que tenga asignados o distribuidos por LACNIC. LACNIC verificará el cumplimiento de este requisito mediante los mecanismos operativos que determine para tal fin. El cumplimiento de este requisito constituirá una condición necesaria para aprobar la distribución subsiguiente de recursos.
Impacto en los Miembros de LACNIC: Las organizaciones que solicitan expandir su direccionamiento deberán auditar sus recursos en miLACNIC y habilitar RPKI/ROA para dichos recursos si aún no lo han hecho. No impacta a miembros que no requieren expansiones de direccionamiento ni a nuevos miembros. Esta propuesta no impacta recursos legados o no entregados por LACNIC.
Impacto en el Staff de LACNIC: El equipo de registro de LACNIC deberá integrar en sus flujos de validación la verificación del nivel de cobertura de ROAs válidas correspondiente a la organización solicitante antes de autorizar la liberación de nuevos recursos desde el inventario.
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