Distribución de Recursos a Personas Físicas - Personas-Físicas

General information

Original language
Español
Last modified
07/04/2025
Status
In discussion
14 %. Next step would be First consensus

Authors
Jordi Palet Martínez - Version [1]
In discussion
11/04/2025

Public comments by LACNIC staff for this version

LAC-2025-1 v1: Distribución de Recursos a Personas Físicas

Interpretación de la propuesta por el staff de LACNIC

Autores: Jordi Palet

Aplicación de la propuesta:
Esta propuesta establece cambios en el manual de políticas.

Modificación del texto actual:
La propuesta hace una modificación al punto “1.2. Principios para una buena administración/custodia”

Comentarios del Staff:
1) Actualmente, entendemos por “organizaciones legalmente establecidas” tanto a personas jurídicas como personas físicas que se encuentran registradas en alguno de los regímenes nacionales de trabajadores independientes (por ejemplo: monotributistas, unipersonales, etc.).
2) Asignar recursos a personas físicas que no estén registradas ante un ente tributario, conlleva mayores riesgos a la hora de cumplir la normativa legal de control (compliance). Esto incluye posibles casos de falsificación de documentos y dificultades en la validación de la identidad. La existencia de una figura legal, permite consultar bases de datos oficiales para responder ante algún conflicto.

Recomendaciones del Staff:
1) No hay recomendaciones.

Impacto en el sistema de registro y/u otros sistemas:
La propuesta potencialmente tiene un alto impacto operativo, institucional y legal.


Summary

Las políticas actuales de LACNIC solo contemplan la distribución de recursos a “Organizaciones”.

Esta propuesta especifica un cambio en dicha política para permitir, tal y como ocurre en otras regiones, la distribución de recursos a Personas Físicas, las cuales pueden ser también negocios, o ciudadanos que deseen estar directamente conectados a Internet, y pagar por servicios BGP.

Rationale (Describe the problem you intend to solve)

Posiblemente por la clara escasez de direcciones IPv4, e incluso en aquel momento de números AS, se optó por una redacción que explícitamente sólo permite distribuir recursos a “organizaciones”.

Sin embargo, en un entorno en el que cada vez dependemos más de la conectividad resiliente a Internet, y sólo-IPv6, es razonable pensar que cualquier individuo (persona física), ya sea a título personal (hogar/familia), o porque ejerza una actividad económica o empresarial, pueda querer no depender de direcciones de terceros y tiene derecho a obtener sus propios recursos de Internet, permitiendo así el uso de IPv6 con multihoming.

Aunque no cabe esperar, una avalancha de solicitudes de recursos en la región, al igual que no ocurre en otras, esto podría cambiar en el futuro y debemos anticiparnos a ello. Sin duda sería considerado discriminatorio, por legislaciones de países democráticos sólo permitir a organizaciones recibir recursos esenciales para su conexión directa a Internet, y excluir a individuos, ya sea para uso particular o para ejercer una actividad económica (teniendo en cuenta que la legislación se lo permite sin necesidad de incorporarse).

Sería paradójico que, por ejemplo, si una legislación nacional permite a un individuo poner en marcha un Data Center, no pueda hacerlo porque las políticas de LACNIC, a diferencia del resto de los RIRs, no le permite como empresario autónomo hacerlo. Ello sólo genera discriminación hacia los ciudadanos de la región, y pérdida de competitividad frente al resto del mundo.

Current text

1.2. Principios para una buena administración/custodia

El principio fundamental es la distribución de recursos de numeración de Internet únicos de acuerdo con las necesidades técnicas y operativas de las redes que hacen o harán uso de dichos recursos de numeración. Permitiendo el crecimiento y la sostenibilidad de Internet.

Los recursos de numeración de Internet bajo la custodia de LACNIC se deben distribuir a organizaciones legalmente establecidas en su región de servicio [COBERTURA] y para atender mayoritariamente redes y servicios que operan en dicha región. Se permite que clientes externos se conecten directamente a una infraestructura principal ubicada dentro de la región. Se podrán conceder excepciones a los operadores de servidores raíz (RSO) que estén fuera de la región de servicio para que estos operen el servicio raíz del DNS anycast global.

*Se entiende mayoritariamente como más del 50%.

Los servicios de anycast con utilización de recursos fuera de la región son aceptables siempre que sean prestados por una organización legalmente establecida en la región de servicio [COBERTURA] y que al menos una copia del servicio se mantenga en infraestructura local.

Al obtener cualquier tipo de recursos de LACNIC o el NIR correspondiente, en caso de tener recursos legados, estos dejan de ser considerados legados.

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1.2. Principios para una buena administración/custodia

El principio fundamental es la distribución de recursos de numeración de Internet únicos de acuerdo con las necesidades técnicas y operativas de las redes que hacen o harán uso de dichos recursos de numeración. Permitiendo el crecimiento y la sostenibilidad de Internet.

Los recursos de numeración de Internet bajo la custodia de LACNIC se deben distribuir a organizaciones legalmente establecidas en su región de servicio [COBERTURA] y para atender mayoritariamente redes y servicios que operan en dicha región. Se permite que clientes externos se conecten directamente a una infraestructura principal ubicada dentro de la región. Se podrán conceder excepciones a los operadores de servidores raíz (RSO) que estén fuera de la región de servicio para que estos operen el servicio raíz del DNS anycast global.

*Se entiende mayoritariamente como más del 50%.

Los servicios de anycast con utilización de recursos fuera de la región son aceptables siempre que sean prestados por una organización legalmente establecida en la región de servicio [COBERTURA] y que al menos una copia del servicio se mantenga en infraestructura local.

Se realizarán distribuciones a personas físicas, siempre y cuando sean residentes legales en la región de servicio de LACNIC, exclusivamente para su uso en la región.

Al obtener cualquier tipo de recursos de LACNIC o el NIR correspondiente, en caso de tener recursos legados, estos dejan de ser considerados legados.

Additional information

Hasta donde sabemos, en los demás RIRs no existe esta restricción, más bien al contrario, se conocen casos de individuos, que incluso sin actividad económica, han obtenido recursos en su respectivo RIR.

Timetable

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References

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