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Tiempo de implementación-
Referencias-
Presentado en:-
Esta propuesta incorpora una sección específica relativa a cumplimientos mínimos en caso de recursos legados, así como su posible recuperación en caso de incumplimiento.
Justificación(Describa el problema que pretende solucionar)Son considerados recursos legados aquellos que fueron asignados antes del surgimiento de los RIRs (Registros de Internet Regionales). Cualquier recurso de Internet (bloque IP, ASN) con fecha de asignación anterior al 28 de diciembre de 1997 es considerado legado.
Los que recibieron dichos recursos, pueden ser miembros de LACNIC si solicitan otros recursos, y pagan las cuotas de membresía correspondientes. Sin embargo, puede haber casos de receptores de recursos legados que no han firmado el contrato de membresía, ni pagan cuotas, y sin embargo reciben ciertos servicios (excepto RPKI), subvencionados por el resto de la membresía.
Es una función del directorio, si así lo considera conveniente, establecer una cuota alternativa a la de membresía, para recibir esos servicios, como así se ha hecho en APNIC. Sin embargo, independientemente de que el directorio pueda tomar una decisión en este aspecto, lo que la comunidad si puede decidir, es que al menos esos recursos tengan un uso beneficioso para la comunidad y que si esos recursos no están siendo utilizados y anunciados o los datos en whois no estén actualizados y sean contactables, puedan ser recuperados.
De esta forma evitamos que haya recursos que puedan:
a) no estar siendo usados (han desaparecido las organizaciones que los recibieron, o la persona que los gestionaba, o ya no los necesitan parcial o totalmente);
b) estar siendo usados maliciosamente o sin consentimiento de los receptores originales;
c) tener contactos desactualizados, lo que dificulta o impide la resolución de casos de abuso.
Es posible que incluso algunas de estas organizaciones desconozcan la existencia de los recursos, incluso de LACNIC, y contactar con ellos será beneficioso para ellos y para la comunidad, además, si así lo establece el directorio, podrían recibir servicios RPKI u otros aún sin asociarse.
Texto actual(no existe)
Texto nuevo7.6. Gestión de Recursos Legados
Los recursos legados, podrán seguir recibiendo servicios de LACNIC, en las condiciones que dicte el Directorio, siempre y cuando:
• Sean anunciados y utilizados.
• Se mantenga el registro de resolución inversa.
• Se mantenga actualizada la información de distribuciones y asignaciones en la base de datos Whois de LACNIC o NIRs, según corresponda, así como el atributo de contacto abuse-c.
A partir de la fecha de ratificación de esta política, LACNIC podrá iniciar un período de transición de 1 año, contactar con todas las organizaciones con recursos legados y comunicarles la necesidad de cumplirla, ofreciéndoles la asociación con las diferentes posibilidades que indique el Directorio, a fin de mantener los servicios.
Transcurrido dicho plazo, si no se cumplen los puntos anteriores, el Directorio podría decidir si se dejan de prestar determinados servicios, o incluso podría activar procedimientos de recuperación.
Información adicionalEn algunos RIRs, incluso en LACNIC, los recursos legados dejan de serlo si se firma el contrato de membresía o son transferidos. En otros casos, no se dice nada al respecto.
Además, recientemente APNIC ha aprobado una política equivalente, y Executive Council (equivalente al Directorio de LACNIC), una resolución para permitir a los poseedores legados recibir servicios sin asociarse, incluyendo RPKI.
Tiempo de implementación-
Referencias-
Presentado en:LACNIC 41 (08/05/2024)