Aclaración de Consenso - Aclaración-Consenso

Información General

Español
10/04/2023
No alcanzó consenso
0 %.

Jordi Palet Martínez - Versión [1]
En discusión
12/04/2023 - 07/06/2023
Primer consenso
07/06/2023 - 21/06/2023
No alcanzó consenso
21/06/2023

Notas públicas del Staff de LACNIC para esta versión

Interpretación de la propuesta por el staff de LACNIC

Autor:
Jordi Palet Martinez

Aplicación de la propuesta:
Esta propuesta establece cambios en el PDP.

Modificación del texto actual:
La propuesta modifica el punto 2. Definición de “Consenso”.

Texto de la propuesta:
2. Definición de “Consenso”

Como definición “breve” para el resto del documento, se entiende que una propuesta ha alcanzado consenso cuando es apoyada por opiniones significativas, luego de una discusión amplia a lo largo de sus diversas versiones y, que no subsistan objeciones técnicas irrefutables.
Se entenderá que hay consenso también en aquellos casos de propuestas sencillas o aclaratorias que, aun no teniendo comentarios, tampoco tengan objeciones, y por su naturaleza sean cambios prácticamente editoriales o evidentemente necesarios para la Comunidad. Podría ser también el caso de discusiones ya realizadas en propuestas anteriores similares.

Comentarios del Staff:
1) Este párrafo introduce una serie de elementos subjetivos como por ejemplo "propuestas sencillas", "cambios prácticamente editoriales" y "evidentemente necesarios".
2) Respecto a la última oración, no creemos que sea conveniente dar un consenso asumiendo que una propuesta es similar a otra que sí tuvo discusión.
Interpretamos que el párrafo busca resolver el avance de propuestas sin discusión, lo cual vemos como algo en contra del espíritu de las decisiones tomadas bajo consenso.
3) Es más peligroso que el autor exija un consenso porque así lo dice el PDP y presione a los moderadores a dar consenso a una propuesta que no tuvo discusión, a que una propuesta por más relevante que sea no llegue a consenso por falta de participación.

Recomendaciones del Staff:
1) Recomendamos re pensar esta propuesta como método de resolución de un problema y en su caso incorporar consideraciones generales en las cuales los moderadores puedan apoyarse para analizar el consenso y no en reglas estrictas de definición de consenso.

Impacto en el sistema de registro y/u otros sistemas:
No tiene impacto en ninguno de los sistemas. La implementación es inmediata.


Resumen

Esta propuesta actualiza el PDP ante una pequeña duda en la definición de consenso.

Justificación(Describa el problema que pretende solucionar)

El texto actual en la sección 2. Del PDP, introduce la definición de consenso, así como un párrafo a modo de resumen de cómo debe interpretarse el consenso.

Sin embargo, dicho párrafo introduce un matiz que puede ser confuso a la hora de interpretar el hecho de que no se puede declarar consenso cuando en una determinada versión de una propuesta no ha habido comentarios, aun cuando en versiones anteriores haya habido comentarios que precisamente han motivado la nueva versión para subsanar objeciones recibidas.

También puede darse el caso de propuestas prácticamente editoriales o que corrigen defectos en las políticas o PDP vigente, y que no necesariamente recibirán comentarios, ya que no se puede objetar a algo que es evidente para todos.

Si bien sería deseable que al menos hubiera comentarios “a favor” (aún vacíos de contenido), la idiosincrasia de estas comunidades, hace que muy habitualmente no existan, y ello no debe ser una barrera para declarar consenso, en casos tan evidentes.

Es necesario hacer este cambio, porque de lo contrario, la posibilidad de declarar consenso queda excesivamente expuesta a la razonable subjetividad de los moderadores, en su interpretación literal de este párrafo en el PDP, como así se ha puesto de manifiesto en diversas ocasiones.

Texto actual

2. Definición de “Consenso”

Como definición “breve” para el resto del documento, se entiende que una propuesta ha alcanzado consenso cuando es apoyada por opiniones significativas, luego de una discusión amplia y, que no subsistan objeciones técnicas irrefutables.

Texto nuevo
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2. Definición de “Consenso”

Como definición “breve” para el resto del documento, se entiende que una propuesta ha alcanzado consenso cuando es apoyada por opiniones significativas, luego de una discusión amplia a lo largo de sus diversas versiones y, que no subsistan objeciones técnicas irrefutables.

Se entenderá que hay consenso también en aquellos casos de propuestas sencillas o aclaratorias que, aun no teniendo comentarios, tampoco tengan objeciones, y por su naturaleza sean cambios prácticamente editoriales o evidentemente necesarios para la Comunidad. Podría ser también el caso de discusiones ya realizadas en propuestas anteriores similares.

Información adicional

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Tiempo de implementación

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Referencias

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Presentado en:

LACNIC 39 (10/05/2023)

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