Actualización de “Recuperación y devolución de recursos” y coherencia con el resto del manual - N/D

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Español
24/09/2019
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100 %.

Jordi Palet Martinez - Versión [1, 2]
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12/07/2019
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08/12/2019 - 05/01/2020
Ratificación del directorio
12/01/2020
Ratificada
13/05/2020
Implementada
22/11/2021

Notas públicas del Staff de LACNIC para esta versión

Interpretación de la propuesta por el staff de LACNIC
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Aplicación de la propuesta
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Esta propuesta se aplicaría a los casos de revocación y devolución de recursos.

Modificación del texto actual
Se modifican las secciones del manual de políticas:
- 7. Recuperación y devolución de recursos
- 7.1. Proceso de Revocación de recursos
- 7.2. Excepcionalidad
- 7.3. Devolución de recursos
- 7.4. Publicación de los recursos
- 7.5. Uso de recursos recuperados o devueltos
- 1.11 Principios para una buena administración/custodia
- las secciones 2.3.2.9. y 4.4.2 se unifican y se fusionan en la sección 1.11. Ruteabilidad no garantizada y se renumeran el resto de las secciones.
- Se elimina la sección 2.3.2.10. Validez de las distribuciones de direcciones IPv4 y se agrega en la sección 7. Además, se renumeran las secciones siguientes.
- Se mueve la sección 2.3.2.11. Envío del formulario de solicitud (y se renumeran las siguientes) a la sección 1.13. Solicitud de recursos.

Comentarios del staff:
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(Los comentarios son observaciones para ayudar a diferenciar los cambios que presenta la propuesta con respecto al texto actual del Manual de Políticas)

1. Esta propuesta modifica el título de “Recuperación y devolución de recursos” a “Revocación y devolución de recursos".

2. En la sección “7.1. Proceso de revocación de recursos”, de la propuesta:
a. Cuando se indica que “LACNIC verificará con las organizaciones que reciben recursos, el adecuado uso de los mismos, de forma automatizada periódicamente”
i. Al indicar “adecuado uso”, LACNIC interpreta que se refiere al cumplimiento de las políticas.
ii. LACNIC entiende por “forma automatizada”, un proceso que no resulte oneroso para LACNIC y que de manera rápida permita identificar posibles incumplimientos a las políticas.
iii. Se asume que la frecuencia de periódicamente queda a criterio de LACNIC dependiendo del aspecto a monitorear.

Independientemente de cualquier automatización y reiteración de la falla, LACNIC tiene la responsabilidad de utilizar el mejor criterio previo al inicio del proceso revocación.

b. Con respecto a la sección c) de la propuesta, LACNIC interpreta que la eliminación de los NS se realizará solamente si la organización no contesta. Esto se debe a que el autor lo explicó así de acuerdo al espíritu original de esa propuesta. De todas formas, esto no varía de cómo se procede actualmente.

3. En la sección 1.11. Principios de una buena administración/custodia:
La propuesta define qué se entiende como mayoritariamente: “*como más del 50%”, como fue publicado en la lista de mejoras https://www.lacnic.net/561/1/lacnic/.

4. En la sección 2.2.3. se extiende el plazo máximo para anunciar los recursos distribuidos o asignados de 30 a 90 días, como está publicado en la lista de mejoras https://www.lacnic.net/561/1/lacnic/.

5. Actualmente LACNIC revoca por incumplimiento de pago o si se presenta una denuncia con evidencia específica. Estos casos se gestionan sin mayores complicaciones: LACNIC se contacta con la parte involucrada y ésta intenta solucionar el incumplimiento lo más pronto posible. Sin embargo, en la implementación de un proceso de revocación automática LACNIC podría enfrentar litigios de entidades que pierdan recursos y que quieran mantenerlos, sosteniendo que los estarían utilizándolos de manera legítima.

6. La base de datos que utilizará LACNIC para el proceso automatizado dependerá del RIS (Routing Information Service) de RIPE.

7. En situaciones particulares en las que no está definido como actuar, LACNIC actuará de la forma que considere más correcta y conservadora.

8. La propuesta modifica la sección de las prácticas consideradas como causa para la pérdida de direcciones que actualmente aparecen en el manual en la sección “2.3.2.10. Validez de las distribuciones de direcciones IPv4”, y pasan a la sección “7. Revocación y devolución de recursos”. Además, en las prácticas modifica:
a. En el manual actualmente se indica: “No utilizar el espacio de direcciones IPv4 distribuidos en un período de un mes posterior al registro”.
En la propuesta se modifica a “Recursos no utilizados o anunciados (cuando sea obligatorio).”
Luego, en la sección 1.11. de la propuesta se indica que “ los recursos distribuidos o asignados deben ser anunciados en un plazo máximo de 90 días, salvo en aquellos casos en que se justifique la necesidad de no hacerlo”.
En resumen, se modifica el período máximo para que los recursos asignados sean anunciados de 30 a 90 días.
b. El texto actual indica “No cumplir con las obligaciones contractuales con LACNIC” y la propuesta agrega “No cumplir con las obligaciones contractuales con LACNIC o sus NIRs, según corresponda”.
c. La propuesta agrega como otra práctica: “De forma genérica, incumplimientos continuados y/o reiterados de políticas” y “Organizaciones que desaparecieron, o no responden”.
LACNIC interpreta que este punto no significa un cambio en la operativa con la que se tiene actualmente.
d. La propuesta elimina el texto “En el evento de invalidación de espacios de direcciones IPv4, LACNIC hará los esfuerzos para informar a la comunidad que las direcciones IPv4 han sido regresadas a los bloques disponibles de direcciones IPv4”.
e. La propuesta agrega “Cuando el incumplimiento ha sido causado por un tercero, sin conocimiento de la organización que recibe los recursos, y sea evidente que no hay connivencia ni negligencia por parte de dicha organización, no se completará el proceso de revocación”.

9. Respecto a la versión anterior:
a. En la sección 7.5. “Uso de recursos recuperados o devueltos“ se agrega “...Sin embargo, LACNIC podrá utilizar estos recursos de forma diferente, en aplicación de mejores prácticas, para un cumplimiento optimizado de lo indicado en la sección 2 del RFC7020. Por ejemplo, si se recuperan o devuelven ASN de 16 bits”, como se recomendó en el análisis de impacto.
b. En la sección 1.11. Principios para una buena administración/custodia, se agrega “Al obtener cualquier tipo de recursos de LACNIC o el NIR correspondiente, en caso de tener recursos legados, estos dejan de ser considerados legados.”
c. Se fusionan las secciones 2.3.2.9 y 4.4.2 en la sección 1.11. Ruteablidad no garantizada.
i. se agrega: “Los RIRs deben aplicar procedimientos operativos que reduzcan la posibilidad de fragmentación del espacio de direcciones, para minimizar riesgos de pérdida de ruteabilidad.
d. 2.3.2.11 pasa a 1.13 para que involucre a todo tipo de solicitud.

Recomendaciones
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10. En la sección “7.1. Proceso de revocación de recursos” y “7.3. Devolución de recursos” de la propuesta, se indica: “Se aplicarán el resto de estipulaciones indicadas en el Acuerdo de Servicios de Registro y Estatutos”.

El Manual de Políticas está destinado a la administración de los recursos numéricos de Internet, no entra dentro de su alcance temas con relación a la membresía ni al acuerdo de servicios.

Impacto en el sistema de registro
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Esta propuesta implicaría cambios en los sistemas para generar un mecanismo de validación automática y periódica.

Fuentes oficiales de referencias
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Políticas sobre el contacto de abuso en otros RIRs
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- RIPE
En RIPE las políticas proporcionan algunas reglas de alto nivel para el retorno de los recursos.

En la política IPv4 para recursos a los LIR, se indican los motivos que podrían causar el cirerre de un LIR por RIPE NCC: https://www.ripe.net/publications/docs/ripe-725#9

Para recursos independientes (sin tener contacto directo con RIPE NCC), tienen una política donde se indican algunos de los requisitos contractuales para dichos recursos. El resto de los requisitos están en el contrato.

En base a estas políticas RIPE NCC ha desarrollado un procedimiento de cierre público y cancelación de registro que no es una política sino un procedimiento interno. No solo incluye estos requisitos de política, sino también los requisitos del acuerdo de servicio. Se puede ver parte de este procedimiento en: https://www.ripe.net/publications/docs/ripe-716#b

- APNIC
Las políticas de recuperación y devolución están en el documento de políticas en la sección 4.2 y 4.2.1:
https://www.apnic.net/community/policy/resources#4.2.-Closure-and-recovery

También se puede ver en la sección 8.0: “Durante ese tiempo, si la razón original para la solicitud no sigue siendo válida, los recursos deberán ser retornados a APNIC como se indica en la sección 4.0”.

- ARIN
Tiene un proceso de revocación y devolución de recursos pero no es una política, sino que está publicado como un procedimiento operativo: https://www.arin.net/resources/fees/returns/.

- AFRINIC
No tienen una política para la recuperación de recursos, sino que recuperan recursos para miembros que no pagan, ya que este es un asunto contractual.

Por otra parte, hay referencias a que si el propósito para el cual se solicitaron los recursos ha cambiado, entonces los recursos que ya no son válidos.


Resumen

Esta propuesta actualiza el título de la sección 7 del manual de políticas como “Revocación y devolución de recursos”. Se resuelven discrepancias en la redacción actual y se hace consistente con la terminología del Contrato de Servicios, dejando claro que aplica a cualquier incumplimiento reiterado y/o continuado de políticas, así como a fraudes e impagos.

Se corrigen otros apartados del manual, para evitar duplicidades y mantener la coherencia, evitando la innecesaria revocación de recursos en casos ya indicados como “problemáticos” en la lista de mejoras de políticas.

Justificación(Describa el problema que pretende solucionar)

El texto actual no refleja correctamente cómo actuar en casos de incumplimientos reiterados de las políticas. La redacción es ambigua y parece limitarse solo al impago.

Es razonable que los recursos IPv6 y ASN devueltos, no se incorporen al pool inmediatamente, dado que no hay agotamiento de los mismos. Sin embargo, si que es conveniente que se haga automáticamente al cabo de un cierto tiempo (para facilitar el ajuste de filtros, limpieza de dichos recursos, etc.), evitando así la acumulación de los mismos en pools diferentes, que requerirían nuevas políticas para su uso.

Texto actual

Texto actual

7. Recuperación y devolución de recursos

7.1. Recuperación de recursos

LACNIC buscando la eficiente utilización de los recursos asignados en la región LAC buscará recuperar recursos para re-asignarlos a organizaciones.

LACNIC verificará con la organización que recibió la asignación el correcto uso del recurso cuando cuente con evidencia que permita inferir que posiblemente los recursos de la asignación no están siendo utilizados o están siendo utilizados incorrectamente.

Algunas evidencias que LACNIC puede utilizar para iniciar el proceso de recuperación de recursos son:

• Falta de visibilidad del recurso en la tabla de ruteo global.
• Incumplimiento de las políticas de LACNIC.
• Incumplimiento de lo estipulado en el acuerdo de servicio de registro o algún otro acuerdo legal entre la organización titular del recurso y LACNIC o uno de sus NIRs.
• Evidencia de una organización que desapareció y sus bloques no fueron transferidos.
• Transferencias no autorizadas según lo estipulado por las políticas.

El proceso de recuperación de recursos inicia cuando LACNIC tiene la mencionada evidencia.

LACNIC tratará de contactar a la organización y regularizar la situación.

Existen organizaciones que pueden tener asignaciones que están siendo usadas y no son visibles en la tabla de ruteo global. Si la organización justifica que éste es el caso, entonces LACNIC considerará esto como suficiente y el proceso de recuperación de estos recursos se termina.

En caso de que la situación no pueda ser regularizada, LACNIC listará públicamente durante tres meses el recurso a recuperar. Durante este periodo la organización aún puede regularizar la situación con LACNIC.

Transcurridos los primeros dos meses de la publicación de los recursos, LACNIC procederá a eliminar los registros NS que apuntan a los servidores autoritativos de los recursos involucrados. Esta información puede recuperarse una vez que la organización tenga contacto con LACNIC o el NIR correspondiente.

Habiendo transcurridos los tres meses de publicación sin que la organización haya regularizado su situación, el recurso será recuperado, por lo que se eliminarán los registros de titularidad sobre estos recursos en la base de datos de LACNIC.

Para casos en los que la revocación de recursos involucren infraestructuras esenciales estratégicas para el funcionamiento de Internet en la región, o para situaciones de excepción como desastres naturales o de inestabilidad política, el período de revocación de recursos puede ser extendido por parte del Directorio de LACNIC, previo assesment del Staff a partir de la detección de una situación extraordinaria que así lo requiera.

LACNIC listará públicamente los recursos que han sido recuperados para que se puedan modificar los filtros de ruteo.

LACNIC frecuentemente buscará recursos que puedan ser recuperados.

Todos los recursos IPv4 recuperados bajo esta política sólo podrán ser asignados bajo los lineamientos planteados en el punto 11.1 del manual de políticas.

Los recursos IPv4 recuperados empezarán a ser asignados cuando no se pueda realizar la primera asignación de la reserva especial de IPv4. Los recursos con mayor antigüedad de recuperación serán asignados primero. Los recursos IPv6 y ASNs recuperados no se asignarán hasta que una nueva política defina el momento indicado.

7.2. Devolución de recursos

Los recursos IPv4 devueltos bajo esta política sólo podrán ser asignados bajo los lineamientos planteados en el punto 11.1 del manual de políticas. Los recursos IPv4 devueltos empezarán a ser asignados cuando no se pueda realizar la primera asignación de la reserva especial de IPv4. Los recursos con mayor antigüedad de devolución serán asignados primero.
Los recursos IPv6 y ASNs devueltos no se asignarán hasta que una nueva política defina el momento adecuado.

1.11 Principios para una buena administración/custodia

Los recursos de numeración de Internet bajo la custodia de LACNIC se deben distribuir a organizaciones legalmente establecidas en su región de servicio y para atender mayoritariamente redes y servicios que operan en dicha región. Se permite que clientes externos se conecten directamente a una infraestructura principal ubicada dentro de la región.


2.3.2.9. - Ruteabilidad no garantizada

Las direcciones IPv4 portables (independiente del proveedor) distribuidas por LACNIC o un NIR no están garantizadas de ser globalmente ruteables.

Estos problemas deberán ser solucionados entre el poseedor de las direcciones IPv4 mencionadas y su o sus proveedores de conectividad. LACNIC proveerá en los casos en que sea necesario, la orientación correspondiente.

2.3.2.10. - Validez de las distribuciones de direcciones IPv4

Las distribuciones de direcciones IPv4 son válidas mientras los objetivos de exclusividad, conservación, ruteabilidad e información continúen cumpliéndose. LACNIC puede invalidar cualquier distribución de direcciones IPv4 si se determina que los requerimientos para el espacio de direcciones IPv4 no existen más o se dejan de cumplir algunos de los objetivos planteados en este documento.
Existen una serie de prácticas que podrán ser consideradas como causa para la pérdida de las distribuciones recibidas. Estas son:
o No utilizar el espacio de direcciones IPv4 distribuido en un período de un mes posterior al registro.
o No mantener el registro de la resolución inversa de su espacio de direcciones IPv4.
o No mantener actualizada la información de las distribuciones y asignaciones en la base de datos Whois de LACNIC
o No cumplir con las obligaciones contractuales con LACNIC.
o No aplicar correctamente las políticas de LACNIC en sus distribuciones y asignaciones y la administración de los recursos recibidos de LACNIC.
En el evento de invalidación de espacios de direcciones IPv4, LACNIC hará los esfuerzos para informar a la comunidad que las direcciones IPv4 han sido regresadas a los bloques disponibles de direcciones IPv4.

2.3.2.11. - Envío del formulario de solicitud

La solicitud de espacio de direcciones IPv4 a LACNIC por parte de los IRs es hecha a través de las plantillas de solicitud de direcciones para IR o Usuarios Finales. Cualquier solicitud que sea considerada con falta de información o sin detalles suficientes será regresada al solicitante para ser completada.

Nuevo Texto

7. Revocación y devolución de recursos

Las distribuciones y asignaciones de recursos son válidas mientras los objetivos de exclusividad, conservación, ruteabilidad, información y en general, el resto de las políticas, continúen cumpliéndose.

LACNIC podrá, por lo tanto, invalidar cualquier distribución o asignación si se determina que los requerimientos ya no existen o se dejan de cumplir los criterios del manual de políticas.

Podrá ser considerado como causa para la revocación de recursos:
o Recursos no utilizados o anunciados (cuando sea obligatorio).
o No mantener el registro de la resolución inversa de las direcciones.
o No mantener actualizada la información de las distribuciones y asignaciones en la base de datos Whois de LACNIC.
o Transferencias no autorizadas.
o De forma genérica, incumplimientos continuados y/o reiterados de políticas.
o No cumplir con las obligaciones contractuales con LACNIC o sus NIRs, incluyendo impagos o fraude documental.
o Organizaciones que desaparecieron, o no responden.

Cuando el incumplimiento ha sido causado por un tercero, sin conocimiento de la organización que recibe los recursos, y sea evidente que no hay connivencia ni negligencia por parte de dicha organización, no se completará el proceso de revocación.

7.1. Proceso de Revocación de recursos

Para la eficiente utilización de los recursos de la región, LACNIC verificará con las organizaciones que reciben recursos, el correcto uso de los mismos, de forma automatizada periódicamente cuando sea posible y más exhaustivamente siempre que se cuente con evidencias que permitan inferir que no están siendo correctamente utilizados.

Una vez se detectan evidencias y son confirmadas, el proceso de recuperación de recursos tiene los siguientes pasos:

a) LACNIC tratará de contactar a la organización y regularizar la situación.

b) En caso de que la situación no pueda ser regularizada, LACNIC listará públicamente durante un período máximo de tres meses los recursos a recuperar.

Durante este periodo la organización aún puede regularizar la situación con LACNIC.

c) En el resto de los casos, transcurridos los primeros dos meses desde la publicación de los recursos, LACNIC procederá a eliminar los registros NS que apuntan a los servidores autoritativos de los recursos involucrados. Esta información puede recuperarse una vez que la organización restablece contacto con LACNIC o el NIR correspondiente.

d) Habiendo transcurrido tres meses de publicación sin que la organización haya regularizado su situación, el recurso será recuperado, por lo que se eliminarán los registros de titularidad sobre estos recursos en la base de datos de LACNIC.

e) Se aplicarán el resto de estipulaciones indicadas en el Acuerdo de Servicios de Registro y Estatutos.

7.2. Excepcionalidad

Para casos en los que la revocación de recursos involucre infraestructuras esenciales estratégicas para el funcionamiento de Internet en la región, o para situaciones de excepción como desastres naturales o de inestabilidad política, el período de revocación de recursos puede ser extendido por parte del Directorio de LACNIC, previa evaluación del staff a partir de la detección de una situación extraordinaria que así lo requiera.

7.3. Devolución de recursos

Los receptores de recursos pueden devolverlos a LACNIC, siempre que lo deseen, tanto total como parcialmente.

En el caso de devolución total, aplicará lo indicado en el Acuerdo de Servicios de Registro y Estatutos.

7.4. Publicación de los recursos

LACNIC listará públicamente los recursos que han sido recuperados o devueltos para que se puedan modificar los filtros de ruteo.

7.5. Uso de recursos recuperados o devueltos

Los recursos IPv4, serán incorporados al “final” del pool en vigor en el momento de su recuperación o devolución, para su uso en el orden en que se hayan incorporado al mismo.

Los recursos IPv6 y ASNs, serán incorporados a sus respectivos pools al transcurrir 2 años de su recuperación o devolución.

1.11 Principios para una buena administración/custodia

Los recursos de numeración de Internet bajo la custodia de LACNIC se deben distribuir a organizaciones legalmente establecidas en su región de servicio y para atender mayoritariamente* redes y servicios que operan en dicha región. Se permite que clientes externos se conecten directamente a una infraestructura principal ubicada dentro de la región.

*Se entiende mayoritariamente como más del 50%.

Por lo tanto, para obtener cualquier tipo de recursos en la región de LACNIC, es necesario cumplimentar también la membresía con LACNIC o el NIR correspondiente, lo que a su vez implica la firma del acuerdo de servicios de registro.

(la sección 2.3.2.9 pasa a ser la 2.2.3 y se renumeran las que siguen a la 2.3.2.9, ya que de esta forma este texto es igualmente válido y necesario para distribuciones y asignaciones)

2.2.3. - Ruteabilidad no garantizada pero exigible

Ni LACNIC, ni los NIR garantizan la ruteabilidad de las direcciones IPv4 distribuidas o asignadas.

Los receptores de recursos son responsables de negociar dicha ruteabilidad con sus proveedores de conectividad. LACNIC proveerá en los casos en los que sea necesario, la orientación correspondiente.

Sin embargo, los recursos distribuidos o asignados deben ser anunciados en un plazo máximo de 90 días, salvo en aquellos casos en que se justifique la necesidad de no hacerlo.

2.3.2.10. - Validez de las distribuciones de direcciones IPv4
(Esta sección se elimina y se renumeran las siguientes, dado que su texto ha pasado a ser la introducción, para todos los recursos, de la sección 7)

2.3.2.11. - Envío del formulario de solicitud
(Esta sección se elimina y se renumeran las siguientes, dado que son mecanismos operacionales para todos los recursos)

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Texto actual

7. Recuperación y devolución de recursos

7.1. Recuperación de recursos

LACNIC buscando la eficiente utilización de los recursos asignados en la región LAC buscará recuperar recursos para re-asignarlos a organizaciones.

LACNIC verificará con la organización que recibió la asignación el correcto uso del recurso cuando cuente con evidencia que permita inferir que posiblemente los recursos de la asignación no están siendo utilizados o están siendo utilizados incorrectamente.

Algunas evidencias que LACNIC puede utilizar para iniciar el proceso de recuperación de recursos son:

• Falta de visibilidad del recurso en la tabla de ruteo global.
• Incumplimiento de las políticas de LACNIC.
• Incumplimiento de lo estipulado en el acuerdo de servicio de registro o algún otro acuerdo legal entre la organización titular del recurso y LACNIC o uno de sus NIRs.
• Evidencia de una organización que desapareció y sus bloques no fueron transferidos.
• Transferencias no autorizadas según lo estipulado por las políticas.

El proceso de recuperación de recursos inicia cuando LACNIC tiene la mencionada evidencia.

LACNIC tratará de contactar a la organización y regularizar la situación.

Existen organizaciones que pueden tener asignaciones que están siendo usadas y no son visibles en la tabla de ruteo global. Si la organización justifica que éste es el caso, entonces LACNIC considerará esto como suficiente y el proceso de recuperación de estos recursos se termina.

En caso de que la situación no pueda ser regularizada, LACNIC listará públicamente durante tres meses el recurso a recuperar. Durante este periodo la organización aún puede regularizar la situación con LACNIC.

Transcurridos los primeros dos meses de la publicación de los recursos, LACNIC procederá a eliminar los registros NS que apuntan a los servidores autoritativos de los recursos involucrados. Esta información puede recuperarse una vez que la organización tenga contacto con LACNIC o el NIR correspondiente.

Habiendo transcurridos los tres meses de publicación sin que la organización haya regularizado su situación, el recurso será recuperado, por lo que se eliminarán los registros de titularidad sobre estos recursos en la base de datos de LACNIC.

Para casos en los que la revocación de recursos involucren infraestructuras esenciales estratégicas para el funcionamiento de Internet en la región, o para situaciones de excepción como desastres naturales o de inestabilidad política, el período de revocación de recursos puede ser extendido por parte del Directorio de LACNIC, previo assesment del Staff a partir de la detección de una situación extraordinaria que así lo requiera.

LACNIC listará públicamente los recursos que han sido recuperados para que se puedan modificar los filtros de ruteo.

LACNIC frecuentemente buscará recursos que puedan ser recuperados.

Todos los recursos IPv4 recuperados bajo esta política sólo podrán ser asignados bajo los lineamientos planteados en el punto 11.1 del manual de políticas.

Los recursos IPv4 recuperados empezarán a ser asignados cuando no se pueda realizar la primera asignación de la reserva especial de IPv4. Los recursos con mayor antigüedad de recuperación serán asignados primero. Los recursos IPv6 y ASNs recuperados no se asignarán hasta que una nueva política defina el momento indicado.

7.2. Devolución de recursos

Los recursos IPv4 devueltos bajo esta política sólo podrán ser asignados bajo los lineamientos planteados en el punto 11.1 del manual de políticas. Los recursos IPv4 devueltos empezarán a ser asignados cuando no se pueda realizar la primera asignación de la reserva especial de IPv4. Los recursos con mayor antigüedad de devolución serán asignados primero.
Los recursos IPv6 y ASNs devueltos no se asignarán hasta que una nueva política defina el momento adecuado.

1.11 Principios para una buena administración/custodia

Los recursos de numeración de Internet bajo la custodia de LACNIC se deben distribuir a organizaciones legalmente establecidas en su región de servicio y para atender mayoritariamente redes y servicios que operan en dicha región. Se permite que clientes externos se conecten directamente a una infraestructura principal ubicada dentro de la región.


2.3.2.9. - Ruteabilidad no garantizada

Las direcciones IPv4 portables (independiente del proveedor) distribuidas por LACNIC o un NIR no están garantizadas de ser globalmente ruteables.

Estos problemas deberán ser solucionados entre el poseedor de las direcciones IPv4 mencionadas y su o sus proveedores de conectividad. LACNIC proveerá en los casos en que sea necesario, la orientación correspondiente.

2.3.2.10. - Validez de las distribuciones de direcciones IPv4

Las distribuciones de direcciones IPv4 son válidas mientras los objetivos de exclusividad, conservación, ruteabilidad e información continúen cumpliéndose. LACNIC puede invalidar cualquier distribución de direcciones IPv4 si se determina que los requerimientos para el espacio de direcciones IPv4 no existen más o se dejan de cumplir algunos de los objetivos planteados en este documento.
Existen una serie de prácticas que podrán ser consideradas como causa para la pérdida de las distribuciones recibidas. Estas son:
o No utilizar el espacio de direcciones IPv4 distribuido en un período de un mes posterior al registro.
o No mantener el registro de la resolución inversa de su espacio de direcciones IPv4.
o No mantener actualizada la información de las distribuciones y asignaciones en la base de datos Whois de LACNIC
o No cumplir con las obligaciones contractuales con LACNIC.
o No aplicar correctamente las políticas de LACNIC en sus distribuciones y asignaciones y la administración de los recursos recibidos de LACNIC.
En el evento de invalidación de espacios de direcciones IPv4, LACNIC hará los esfuerzos para informar a la comunidad que las direcciones IPv4 han sido regresadas a los bloques disponibles de direcciones IPv4.

2.3.2.11. - Envío del formulario de solicitud

La solicitud de espacio de direcciones IPv4 a LACNIC por parte de los IRs es hecha a través de las plantillas de solicitud de direcciones para IR o Usuarios Finales. Cualquier solicitud que sea considerada con falta de información o sin detalles suficientes será regresada al solicitante para ser completada.

Nuevo Texto

7. Revocación y devolución de recursos

Las distribuciones y asignaciones de recursos son válidas mientras los objetivos de exclusividad, conservación, ruteabilidad, información y en general, el resto de las políticas, continúen cumpliéndose.

LACNIC podrá, por lo tanto, invalidar cualquier distribución o asignación si se determina que los requerimientos ya no existen o se dejan de cumplir los criterios del manual de políticas.

Podrá ser considerado como causa para la revocación de recursos:
o Recursos no utilizados o anunciados (cuando sea obligatorio).
o No mantener el registro de la resolución inversa de las direcciones.
o No mantener actualizada la información de las distribuciones y asignaciones en la base de datos Whois de LACNIC.
o Transferencias no autorizadas.
o De forma genérica, incumplimientos continuados y/o reiterados de políticas.
o No cumplir con las obligaciones contractuales con LACNIC o sus NIRs, incluyendo impagos o fraude documental.
o Organizaciones que desaparecieron, o no responden.

Cuando el incumplimiento ha sido causado por un tercero, sin conocimiento de la organización que recibe los recursos, y sea evidente que no hay connivencia ni negligencia por parte de dicha organización, no se completará el proceso de revocación.

7.1. Proceso de Revocación de recursos

Para la eficiente utilización de los recursos de la región, LACNIC verificará con las organizaciones que reciben recursos, el correcto uso de los mismos, de forma automatizada periódicamente cuando sea posible y más exhaustivamente siempre que se cuente con evidencias que permitan inferir que no están siendo correctamente utilizados.

Una vez se detectan evidencias y son confirmadas, el proceso de recuperación de recursos tiene los siguientes pasos:

a) LACNIC tratará de contactar a la organización y regularizar la situación.

b) En caso de que la situación no pueda ser regularizada, LACNIC listará públicamente durante un período máximo de tres meses los recursos a recuperar.

Durante este periodo la organización aún puede regularizar la situación con LACNIC.

c) En el resto de los casos, transcurridos los primeros dos meses desde la publicación de los recursos, LACNIC procederá a eliminar los registros NS que apuntan a los servidores autoritativos de los recursos involucrados. Esta información puede recuperarse una vez que la organización restablece contacto con LACNIC o el NIR correspondiente.

d) Habiendo transcurrido tres meses de publicación sin que la organización haya regularizado su situación, el recurso será recuperado, por lo que se eliminarán los registros de titularidad sobre estos recursos en la base de datos de LACNIC.

e) Se aplicarán el resto de estipulaciones indicadas en el Acuerdo de Servicios de Registro y Estatutos.

7.2. Excepcionalidad

Para casos en los que la revocación de recursos involucre infraestructuras esenciales estratégicas para el funcionamiento de Internet en la región, o para situaciones de excepción como desastres naturales o de inestabilidad política, el período de revocación de recursos puede ser extendido por parte del Directorio de LACNIC, previa evaluación del staff a partir de la detección de una situación extraordinaria que así lo requiera.

7.3. Devolución de recursos

Los receptores de recursos pueden devolverlos a LACNIC, siempre que lo deseen, tanto total como parcialmente.

En el caso de devolución total, aplicará lo indicado en el Acuerdo de Servicios de Registro y Estatutos.

7.4. Publicación de los recursos

LACNIC listará públicamente los recursos que han sido recuperados o devueltos para que se puedan modificar los filtros de ruteo.

7.5. Uso de recursos recuperados o devueltos

Los recursos IPv4, serán incorporados al “final” del pool en vigor en el momento de su recuperación o devolución, para su uso en el orden en que se hayan incorporado al mismo.

Los recursos IPv6 y ASNs, serán incorporados a sus respectivos pools al transcurrir 2 años de su recuperación o devolución.

1.11 Principios para una buena administración/custodia

Los recursos de numeración de Internet bajo la custodia de LACNIC se deben distribuir a organizaciones legalmente establecidas en su región de servicio y para atender mayoritariamente* redes y servicios que operan en dicha región. Se permite que clientes externos se conecten directamente a una infraestructura principal ubicada dentro de la región.

*Se entiende mayoritariamente como más del 50%.

Por lo tanto, para obtener cualquier tipo de recursos en la región de LACNIC, es necesario cumplimentar también la membresía con LACNIC o el NIR correspondiente, lo que a su vez implica la firma del acuerdo de servicios de registro.

(la sección 2.3.2.9 pasa a ser la 2.2.3 y se renumeran las que siguen a la 2.3.2.9, ya que de esta forma este texto es igualmente válido y necesario para distribuciones y asignaciones)

2.2.3. - Ruteabilidad no garantizada pero exigible

Ni LACNIC, ni los NIR garantizan la ruteabilidad de las direcciones IPv4 distribuidas o asignadas.

Los receptores de recursos son responsables de negociar dicha ruteabilidad con sus proveedores de conectividad. LACNIC proveerá en los casos en los que sea necesario, la orientación correspondiente.

Sin embargo, los recursos distribuidos o asignados deben ser anunciados en un plazo máximo de 90 días, salvo en aquellos casos en que se justifique la necesidad de no hacerlo.

2.3.2.10. - Validez de las distribuciones de direcciones IPv4
(Esta sección se elimina y se renumeran las siguientes, dado que su texto ha pasado a ser la introducción, para todos los recursos, de la sección 7)

2.3.2.11. - Envío del formulario de solicitud
(Esta sección se elimina y se renumeran las siguientes, dado que son mecanismos operacionales para todos los recursos)

Información adicional

Referencias:

• APNIC: Closure and recovery.
https://www.apnic.net/community/policy/resources#4.2.-Closure-and-recovery

• ARIN: Resource Review.
https://www.arin.net/participate/policy/nrpm/#12-resource-review

• RIPE: Closure of Members, Deregistration of Internet Resources and Legacy Internet Resources.
https://www.ripe.net/publications/docs/ripe-716

Tiempo de implementación

-

Referencias

-

Presentado en:

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Resumen

Esta propuesta actualiza el título de la sección 7 del manual de políticas como “Revocación y devolución de recursos”. Se resuelven discrepancias en la redacción actual y se hace consistente con la terminología del Contrato de Servicios, dejando claro que aplica a cualquier incumplimiento reiterado y/o continuado de políticas, así como a fraudes e impagos.

Se corrigen otros apartados del manual, para evitar duplicidades y mantener la coherencia, evitando la innecesaria revocación de recursos en casos ya indicados como “problemáticos” en la lista de mejoras de políticas (puntos 1, 8 y 10, véase https://www.lacnic.net/561/1/lacnic/).

Justificación(Describa el problema que pretende solucionar)

El texto actual de la sección 7, no refleja correctamente cómo actuar en casos de incumplimientos reiterados de las políticas. La redacción es ambigua y parece limitarse solo al impago.

Es razonable que los recursos IPv6 y ASN devueltos, no se incorporen al pool inmediatamente, dado que no hay agotamiento de los mismos. Sin embargo, si que es conveniente que se haga automáticamente al cabo de un cierto tiempo (para facilitar el ajuste de filtros, limpieza de dichos recursos, etc.), evitando así la acumulación de los mismos en pools diferentes, que requerirían nuevas políticas para su uso.

Además de acomodar diversos cambios editoriales y unificar texto que está duplicado, o texto que está para IPv4 y afecta también a IPv6, se aclaran diversos aspectos, que podrían entenderse como editoriales, y se resuelven varios puntos de la lista de mejoras.

Texto actual

7. Recuperación y devolución de recursos

7.1. Recuperación de recursos

LACNIC buscando la eficiente utilización de los recursos asignados en la región LAC buscará recuperar recursos para re-asignarlos a organizaciones.

LACNIC verificará con la organización que recibió la asignación el correcto uso del recurso cuando cuente con evidencia que permita inferir que posiblemente los recursos de la asignación no están siendo utilizados o están siendo utilizados incorrectamente.

Algunas evidencias que LACNIC puede utilizar para iniciar el proceso de recuperación de recursos son:

• Falta de visibilidad del recurso en la tabla de ruteo global.
• Incumplimiento de las políticas de LACNIC.
• Incumplimiento de lo estipulado en el acuerdo de servicio de registro o algún otro acuerdo legal entre la organización titular del recurso y LACNIC o uno de sus NIRs.
• Evidencia de una organización que desapareció y sus bloques no fueron transferidos.
• Transferencias no autorizadas según lo estipulado por las políticas.

El proceso de recuperación de recursos inicia cuando LACNIC tiene la mencionada evidencia.

LACNIC tratará de contactar a la organización y regularizar la situación.

Existen organizaciones que pueden tener asignaciones que están siendo usadas y no son visibles en la tabla de ruteo global. Si la organización justifica que éste es el caso, entonces LACNIC considerará esto como suficiente y el proceso de recuperación de estos recursos se termina.

En caso de que la situación no pueda ser regularizada, LACNIC listará públicamente durante tres meses el recurso a recuperar. Durante este periodo la organización aún puede regularizar la situación con LACNIC.

Transcurridos los primeros dos meses de la publicación de los recursos, LACNIC procederá a eliminar los registros NS que apuntan a los servidores autoritativos de los recursos involucrados. Esta información puede recuperarse una vez que la organización tenga contacto con LACNIC o el NIR correspondiente.

Habiendo transcurridos los tres meses de publicación sin que la organización haya regularizado su situación, el recurso será recuperado, por lo que se eliminarán los registros de titularidad sobre estos recursos en la base de datos de LACNIC.

Para casos en los que la revocación de recursos involucren infraestructuras esenciales estratégicas para el funcionamiento de Internet en la región, o para situaciones de excepción como desastres naturales o de inestabilidad política, el período de revocación de recursos puede ser extendido por parte del Directorio de LACNIC, previo assesment del Staff a partir de la detección de una situación extraordinaria que así lo requiera.

LACNIC listará públicamente los recursos que han sido recuperados para que se puedan modificar los filtros de ruteo.

LACNIC frecuentemente buscará recursos que puedan ser recuperados.

Todos los recursos IPv4 recuperados bajo esta política sólo podrán ser asignados bajo los lineamientos planteados en el punto 11.1 del manual de políticas.

Los recursos IPv4 recuperados empezarán a ser asignados cuando no se pueda realizar la primera asignación de la reserva especial de IPv4. Los recursos con mayor antigüedad de recuperación serán asignados primero. Los recursos IPv6 y ASNs recuperados no se asignarán hasta que una nueva política defina el momento indicado.

7.2. Devolución de recursos

Los recursos IPv4 devueltos bajo esta política sólo podrán ser asignados bajo los lineamientos planteados en el punto 11.1 del manual de políticas. Los recursos IPv4 devueltos empezarán a ser asignados cuando no se pueda realizar la primera asignación de la reserva especial de IPv4. Los recursos con mayor antigüedad de devolución serán asignados primero.
Los recursos IPv6 y ASNs devueltos no se asignarán hasta que una nueva política defina el momento adecuado.

2.3.2.9. - Ruteabilidad no garantizada

Las direcciones IPv4 portables (independiente del proveedor) distribuidas por LACNIC o un NIR no están garantizadas de ser globalmente ruteables.

Estos problemas deberán ser solucionados entre el poseedor de las direcciones IPv4 mencionadas y su o sus proveedores de conectividad. LACNIC proveerá en los casos en que sea necesario, la orientación correspondiente.

4.4.2.- Ruteabilidad no garantizada
No hay garantías de que la distribución o asignación de una dirección será ruteable globalmente.
Sin embargo, los RIRs deben aplicar procedimientos que reduzcan la posibilidad de fragmentación del espacio de direcciones, lo que podría llevar a la pérdida de ruteabilidad.

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1.11 Principios para una buena administración/custodia

Los recursos de numeración de Internet bajo la custodia de LACNIC se deben distribuir a organizaciones legalmente establecidas en su región de servicio y para atender mayoritariamente redes y servicios que operan en dicha región. Se permite que clientes externos se conecten directamente a una infraestructura principal ubicada dentro de la región.

...

2.3.2.10. - Validez de las distribuciones de direcciones IPv4

Las distribuciones de direcciones IPv4 son válidas mientras los objetivos de exclusividad, conservación, ruteabilidad e información continúen cumpliéndose. LACNIC puede invalidar cualquier distribución de direcciones IPv4 si se determina que los requerimientos para el espacio de direcciones IPv4 no existen más o se dejan de cumplir algunos de los objetivos planteados en este documento.
Existen una serie de prácticas que podrán ser consideradas como causa para la pérdida de las distribuciones recibidas. Estas son:
o No utilizar el espacio de direcciones IPv4 distribuido en un período de un mes posterior al registro.
o No mantener el registro de la resolución inversa de su espacio de direcciones IPv4.
o No mantener actualizada la información de las distribuciones y asignaciones en la base de datos Whois de LACNIC
o No cumplir con las obligaciones contractuales con LACNIC.
o No aplicar correctamente las políticas de LACNIC en sus distribuciones y asignaciones y la administración de los recursos recibidos de LACNIC.
En el evento de invalidación de espacios de direcciones IPv4, LACNIC hará los esfuerzos para informar a la comunidad que las direcciones IPv4 han sido regresadas a los bloques disponibles de direcciones IPv4.

2.3.2.11. - Envío del formulario de solicitud

La solicitud de espacio de direcciones IPv4 a LACNIC por parte de los IRs es hecha a través de las plantillas de solicitud de direcciones para IR o Usuarios Finales. Cualquier solicitud que sea considerada con falta de información o sin detalles suficientes será regresada al solicitante para ser completada.

Texto nuevo
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7. Revocación y devolución de recursos

Las distribuciones y asignaciones de recursos son válidas mientras los objetivos de exclusividad, conservación, ruteabilidad, información y en general, el resto de las políticas, continúen cumpliéndose.

LACNIC podrá, por lo tanto, invalidar cualquier distribución o asignación si se determina que los requerimientos ya no existen o se dejan de cumplir los criterios del manual de políticas.

Podrá ser considerado como causa para la revocación de recursos:
o Recursos no utilizados o anunciados (cuando sea obligatorio).
o No mantener el registro de la resolución inversa de las direcciones.
o No mantener actualizada la información de las distribuciones y asignaciones en la base de datos Whois de LACNIC o NIRs, según corresponda.
o Transferencias no autorizadas.
o De forma genérica, incumplimientos continuados y/o reiterados de políticas.
o No cumplir con las obligaciones contractuales con LACNIC o sus NIRs, incluyendo impagos o fraude documental.
o Organizaciones que desaparecieron, o no responden.

Cuando el incumplimiento ha sido causado por un tercero, sin conocimiento de la organización que recibe los recursos, y sea evidente que no hay connivencia ni negligencia por parte de dicha organización, no se iniciará el proceso de revocación.

7.1. Proceso de Revocación de recursos

Para la eficiente utilización de los recursos de la región, LACNIC verificará con las organizaciones que reciben recursos, el correcto uso de los mismos, de forma automatizada periódicamente cuando sea posible y más exhaustivamente siempre que se cuente con evidencias que permitan inferir que no están siendo correctamente utilizados.

Una vez se detectan evidencias y son confirmadas, el proceso de recuperación de recursos tiene los siguientes pasos:

a) LACNIC tratará de contactar a la organización y regularizar la situación.

b) En caso de que la situación no pueda ser regularizada, LACNIC listará públicamente durante un período máximo de tres meses los recursos a recuperar.

Durante este periodo la organización aún puede regularizar la situación con LACNIC.

c) En el resto de los casos, transcurridos los primeros dos meses desde la publicación de los recursos, LACNIC procederá a eliminar los registros NS que apuntan a los servidores autoritativos de los recursos involucrados. Esta información puede recuperarse una vez que la organización restablece contacto con LACNIC o el NIR correspondiente.

d) Habiendo transcurrido tres meses de publicación sin que la organización haya regularizado su situación, el recurso será recuperado, por lo que se eliminarán los registros de titularidad sobre estos recursos en la base de datos de LACNIC.

e) Se aplicarán el resto de estipulaciones indicadas en el Acuerdo de Servicios de Registro y Estatutos.

7.2. Excepcionalidad

Para casos en los que la revocación de recursos involucre infraestructuras esenciales estratégicas para el funcionamiento de Internet en la región, o para situaciones de excepción como desastres naturales o de inestabilidad política, el período de revocación de recursos puede ser extendido por parte del Directorio de LACNIC, previa evaluación del staff a partir de la detección de una situación extraordinaria que así lo requiera.

7.3. Devolución de recursos

Los receptores de recursos pueden devolverlos a LACNIC, siempre que lo deseen, tanto total como parcialmente.

En el caso de devolución total, aplicará lo indicado en el Acuerdo de Servicios de Registro y Estatutos.

7.4. Publicación de los recursos

LACNIC listará públicamente los recursos que han sido recuperados o devueltos para que se puedan modificar los filtros de ruteo.

7.5. Uso de recursos recuperados o devueltos

Los recursos IPv4, serán incorporados al “final” del pool en vigor en el momento de su recuperación o devolución, para su uso en el orden en que se hayan incorporado al mismo.

Los recursos IPv6 y ASNs, serán incorporados a sus respectivos pools en vigor, al transcurrir 2 años de su recuperación o devolución.

Sin embargo, LACNIC podrá utilizar estos recursos de forma diferente, en aplicación de mejores prácticas, para un cumplimiento optimizado de lo indicado en la sección 2 del RFC7020. Por ejemplo, si se recuperan o devuelven ASN de 16 bits.

(la secciones 2.3.2.9 y 4.4.2 son unificadas y sustituidas por la 1.12, realizando las renumeraciones precisas en las secciones afectadas, ya que de esta forma este texto es igualmente válido y necesario para distribuciones y asignaciones y para direcciones IPv4 e IPv6)

1.11. - Ruteabilidad no garantizada

Ni LACNIC, ni los NIR garantizan la ruteabilidad de las direcciones distribuidas o asignadas.

Los receptores de recursos son responsables de negociar dicha ruteabilidad con sus proveedores de conectividad. LACNIC proveerá en los casos en los que sea necesario, la orientación correspondiente.

Sin embargo, los recursos distribuidos o asignados deben ser anunciados en un plazo máximo de 90 días, salvo en aquellos casos en que se justifique la necesidad de no hacerlo.

Los RIRs deben aplicar procedimientos operativos que reduzcan la posibilidad de fragmentación del espacio de direcciones, para minimizar riesgos de pérdida de ruteabilidad.

(la sección 4.4.2 se elimina y se renumeran las siguientes)

1.12 Principios para una buena administración/custodia

Los recursos de numeración de Internet bajo la custodia de LACNIC se deben distribuir a organizaciones legalmente establecidas en su región de servicio y para atender mayoritariamente* redes y servicios que operan en dicha región. Se permite que clientes externos se conecten directamente a una infraestructura principal ubicada dentro de la región.

*Se entiende mayoritariamente como más del 50%.

Al obtener cualquier tipo de recursos de LACNIC o el NIR correspondiente, en caso de tener recursos legados, estos dejan de ser considerados legados.

(Esta sección se elimina y se renumeran las siguientes, dado que su texto ha pasado a ser la introducción, para todos los recursos, de la sección 7)

(Esta sección pasa a ser la última de la sección 1 y se renumeran las siguientes, dado que son mecanismos para todos los recursos)

1.13.- Solicitud de recursos

Las solicitudes de recursos a LACNIC o los NIRs correspondientes, se realizarán con los sistemas en vigor.

Cualquier solicitud que sea considerada incompleta, será regresada al solicitante con las debidas indicaciones, para poder ser completada.

Información adicional

Referencias:

• APNIC: Closure and recovery.
https://www.apnic.net/community/policy/resources#4.2.-Closure-and-recovery

• ARIN: Resource Review.
https://www.arin.net/participate/policy/nrpm/#12-resource-review

• RIPE: Closure of Members, Deregistration of Internet Resources and Legacy Internet Resources.
https://www.ripe.net/publications/docs/ripe-716

Tiempo de implementación

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Referencias

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Presentado en:

LACNIC 32 (06/10/2019)

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