Eliminación del requerimiento de ASN para Usuarios Finales. - N/D

Información General

Español
28/10/2019
Abandonada
0 %.

Edmundo Cazarez-Lopez - Versión [1]
En discusión
28/10/2019
Abandonada
20/05/2020

Notas públicas del Staff de LACNIC para esta versión

Interpretación de la propuesta por el staff de LACNIC
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Aplicación de la propuesta
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Esta propuesta se aplicaría a los casos de asignación inicial IPv4 a usuarios finales.

Modificación del texto actual
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Se elimina el siguiente texto de la sección 2.3.3.4.3. del manual de políticas:
“El solicitante debe justificar que anunciará el espacio asignado, con su propio sistema autónomo, al menos a otro sistema autónomo.”

Comentarios del staff
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(Los comentarios son observaciones para ayudar a diferenciar los cambios que presenta la propuesta con respecto al texto actual del Manual de Políticas)

1. La propuesta elimina el requisito de justificar que anunciará el espacio asignado con un sistema autónomo propio.

Impacto en el sistema de registro
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Esta propuesta implicaría cambios menores en los sistemas de LACNIC.

Fuentes oficiales de referencias
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Otros RIRs

- AFRINIC, APNIC, ARIN y RIPE
No tienen un requisito de requerimiento de anunciar el bloque IPv4 solicitado por un ASN propio para usuarios finales.

- APNIC
En la región APNIC, las políticas requieren justificar la necesidad al momento de solicitar los recursos. Sin embargo, una vez delegado el espacio no hay políticas que especifiquen cómo utilizan sus recursos en su propia red.

- RIPE
La posición general de la Comunidad RIPE es que el registro de recursos no debe mezclarse con las decisiones sobre cómo operar una red.


Resumen

Esta propuesta busca eliminar la obligatoriedad para los UF de contar con un AS para hacer uso de las direcciones que les sean asignadas.

Justificación(Describa el problema que pretende solucionar)

El texto actual de la política implica que los Usuarios Finales deben contar con un AS para hacer uso de las direcciones que les sean asignadas. En la realidad, muchos UF se encuentran en escenarios en los que no requieren un AS y están informados y conformes con no tenerlo ni usarlo. Adicionalmente, hemos encontrado casos en los que los AS asignados a UF no están en uso.
Algunos UF ven la obligación de tener un ASN simplemente como un cargo adicional a la asignación de direcciones,

Texto actual

2.3.3.4.3 - Tamaño de la asignación y procedimiento

El solicitante debe justificar que anunciará el espacio asignado, con su propio sistema autónomo, al menos a otro sistema autónomo.

El tamaño de asignación mínima de direcciones IPv4 para un usuario final es de un bloque con prefijo /24 y el tamaño máximo será un /20, el cual deberá ser justificado, de acuerdo con la tasa de utilización (sección 2.3.3.4.2).

Texto nuevo
Oprima aquí para ver/ocultar las diferencias entre el texto actual y el nuevo

2.3.3.4.3 - Tamaño de la asignación.

El tamaño de asignación mínima de direcciones IPv4 para un usuario final es de un bloque con prefijo /24 y el tamaño máximo será un /20, el cual deberá ser justificado, de acuerdo con la tasa de utilización (sección 2.3.3.4.2).

(Modificación del texto del punto 2.3.3.4.3.:
Se elimina el primer párrafo del texto actual y el título del punto.)

Información adicional

Se considera que el tiempo de implementación de esta propuesta es inmediato, una vez que alcance consenso y que el directorio la ratifique.

Tiempo de implementación

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Referencias

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Presentado en:

LACNIC 33 (online) (05/05/2020)

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