Modificación del proceso de Recuperación de Recursos. - N/D

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Español
25/04/2017
Implementada
100 %.

Edmundo Cazarez-Lopez - Versión [1, 2]
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25/04/2017
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19/09/2017 - 03/11/2017
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06/11/2017
Ratificada
22/11/2017
Implementada
06/12/2017

Notas públicas del Staff de LACNIC para esta versión

Interpretación de la propuesta por el staff de LACNIC
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Aplicación de la sección 7.1:
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Se aplicará en los casos de las organizaciones que entren en el proceso de recuperación de recursos.

Modificación del texto actual y comentarios del staff
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De acuerdo a las modificaciones presentadas en la propuesta 2017-6, el manual de políticas quedaría como se muestra a continuación en las siguiente secciones:

• Se modifica la sección 7.1. “Recuperación de recursos”.
7.1- Recuperación de recursos
(…) En caso de que la situación no pueda ser regularizada, LACNIC listará públicamente durante tres meses el recurso a recuperar. Durante este periodo la organización puede regularizar la situación con LACNIC.
Transcurridos los primeros dos meses de la publicación de los recursos, LACNIC procederá a eliminar la información de resolución reversa de los recursos listados. Esta información puede recuperarse si la organización regulariza su situación con LACNIC.
Habiendo transcurridos los tres meses de publicación sin que la organización haya regularizado su situación, el recurso será recuperado, por lo que se eliminarán los registros de titularidad sobre estos recursos en la base de datos de LACNIC. (…)

Comentarios del staff:
• Se recomienda la implementación de esta propuesta como forma de forzar el contacto por parte de la organización que se encuentra en proceso de revocación, antes de proceder con la remoción definitiva.
Se encuentra como una buena práctica la advertencia adicional y como otro método más directo de contacto antes de la remoción final.

• Se sugiere aclarar en el texto que lo que se propone es la eliminación de los registros NS que apuntan a los servidores autoritativos de los recursos involucrados, dejando a estos recursos sin ningún tipo de resolución reversa.

Implementación de la propuesta
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La propuesta podría ser implementada en forma inmediata.

Impacto de la política en el sistema de registro y direcciones
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Esta propuesta no implicaría ajustes en el sistema de registro.


Resumen

Se propone agregar la remoción de la información de resolución inversa de los recursos listados para recuperación una vez que hayan transcurrido dos meses de su ingreso en esa lista, esto con la finalidad de llamar la atención de los usuarios de tales recursos y de avanzar en el proceso de recuperación de los mismos.

Justificación(Describa el problema que pretende solucionar)

En algunas ocasiones se pierde contacto completamente con las organizaciones que tienen registro de asignación de recursos. Al no tener otra forma de llamar su atención sobre los bloques, se propone eliminar su información de resolución inversa para se pongan en contacto con LACNIC o el NIR correspondiente.

Texto actual

Modificar el siguiente parrafo del punto 7.1 del Manual de Políticas:

Texto original

=============

En caso de que la situación no pueda ser regularizada, LACNIC listará públicamente durante tres meses el recurso a recuperar. Durante este periodo la organización puede regularizar la situación con LACNIC. Después de este periodo, el recurso será recuperado por lo cual se eliminarán los registros de titularidad sobre estos recursos en la base de datos de LACNIC.

=============

Nuevo Texto:

=============

En caso de que la situación no pueda ser regularizada, LACNIC listará públicamente durante tres meses el recurso a recuperar. Durante este periodo la organización puede regularizar la situación con LACNIC.

Transcurridos los primeros dos meses de la publicación de los recursos, LACNIC procederá a eliminar la información de resolución reversa de los recursos listados. Esta información puede recuperarse si la organización regulariza su situación con LACNIC.

Habiendo transcurridos los tres meses de publicación sin que la organización haya regularizado su situación, el recurso será recuperado, por lo que se eliminarán los registros de titularidad sobre estos recursos en la base de datos de LACNIC.

=============

Texto nuevo
Oprima aquí para ver/ocultar las diferencias entre el texto actual y el nuevo

Modificar el siguiente parrafo del punto 7.1 del Manual de Políticas:

Texto original

=============

En caso de que la situación no pueda ser regularizada, LACNIC listará públicamente durante tres meses el recurso a recuperar. Durante este periodo la organización puede regularizar la situación con LACNIC. Después de este periodo, el recurso será recuperado por lo cual se eliminarán los registros de titularidad sobre estos recursos en la base de datos de LACNIC.

=============

Nuevo Texto:

=============

En caso de que la situación no pueda ser regularizada, LACNIC listará públicamente durante tres meses el recurso a recuperar. Durante este periodo la organización puede regularizar la situación con LACNIC.

Transcurridos los primeros dos meses de la publicación de los recursos, LACNIC procederá a eliminar la información de resolución reversa de los recursos listados. Esta información puede recuperarse si la organización regulariza su situación con LACNIC.

Habiendo transcurridos los tres meses de publicación sin que la organización haya regularizado su situación, el recurso será recuperado, por lo que se eliminarán los registros de titularidad sobre estos recursos en la base de datos de LACNIC.

=============

Información adicional

La información de resolución inversa debe conservarse hasta en tanto no haya concluido el proceso de recuperación, de modo que sea posible restaurarla si la organización involucrada regulariza su situación con LACNIC o el NIR correspondiente.

Tiempo de implementación

Depende del análisis del staff de LACNIC y los NIRs para manejar la información de resolución inversa.

Referencias

Manual de Políticas de LACNIC.

Presentado en:

LACNIC 27 (22/05/2017)


Resumen

Se propone realizar la remoción de los registros NS que apuntan a los servidores autoritativos de los recursos listados para recuperación una vez que hayan transcurrido dos meses de su ingreso en esa lista, esto con la finalidad de eliminar totalmente la resolución inversa de los mismos y llamar la atención de los usuarios que tienen asignados tales recursos.

Justificación(Describa el problema que pretende solucionar)

En algunas ocasiones se pierde contacto completamente con las organizaciones que tienen registro de asignación de recursos.

Al no tener otra forma de llamar la atención sobre los bloques y la situación irregular que tienen ya sea con LACNIC o uno de los NIRs, se propone eliminar los registros NS que apuntan a los servidores autoritativos de los recursos listados para recuperación, de modo que haya un motivo para las organizaciones o usuarios para ponerse en contacto con LACNIC o el NIR correspondiente.

Texto actual

Modificar el siguiente parrafo del punto 7.1 del Manual de Políticas:

Texto original

=============

En caso de que la situación no pueda ser regularizada, LACNIC listará públicamente durante tres meses el recurso a recuperar. Durante este periodo la organización puede regularizar la situación con LACNIC. Después de este periodo, el recurso será recuperado por lo cual se eliminarán los registros de titularidad sobre estos recursos en la base de datos de LACNIC.

=============

Nuevo Texto:

=============

En caso de que la situación no pueda ser regularizada, LACNIC listará públicamente durante tres meses el recurso a recuperar. Durante este periodo la organización aún puede regularizar la situación con LACNIC.

Transcurridos los primeros dos meses de la publicación de los recursos, LACNIC procederá a eliminar los registros NS que apuntan a los servidores autoritativos de los recursos involucrados. Esta información puede recuperarse una vez que la organización tenga contacto con LACNIC o el NIR correspondiente.

Habiendo transcurridos los tres meses de publicación sin que la organización haya regularizado su situación, el recurso será recuperado, por lo que se eliminarán los registros de titularidad sobre estos recursos en la base de datos de LACNIC.

=============

Texto nuevo
Oprima aquí para ver/ocultar las diferencias entre el texto actual y el nuevo

Modificar el siguiente parrafo del punto 7.1 del Manual de Políticas:

Texto original

=============

En caso de que la situación no pueda ser regularizada, LACNIC listará públicamente durante tres meses el recurso a recuperar. Durante este periodo la organización puede regularizar la situación con LACNIC. Después de este periodo, el recurso será recuperado por lo cual se eliminarán los registros de titularidad sobre estos recursos en la base de datos de LACNIC.

=============

Nuevo Texto:

=============

En caso de que la situación no pueda ser regularizada, LACNIC listará públicamente durante tres meses el recurso a recuperar. Durante este periodo la organización aún puede regularizar la situación con LACNIC.

Transcurridos los primeros dos meses de la publicación de los recursos, LACNIC procederá a eliminar los registros NS que apuntan a los servidores autoritativos de los recursos involucrados. Esta información puede recuperarse una vez que la organización tenga contacto con LACNIC o el NIR correspondiente.

Habiendo transcurridos los tres meses de publicación sin que la organización haya regularizado su situación, el recurso será recuperado, por lo que se eliminarán los registros de titularidad sobre estos recursos en la base de datos de LACNIC.

=============

Información adicional

Los registros NS deben conservarse hasta en tanto no haya concluido el proceso de recuperación, de modo que sea posible restaurarlos si la organización involucrada contacta a LACNIC o al NIR correspondiente.

Tiempo de implementación

Depende del análisis del staff de LACNIC y los NIRs para manejar la información de resolución inversa.

Referencias

Manual de Políticas de LACNIC.

Presentado en:

LACNIC 28 (18/09/2017)

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